Mario Rodríguez, Operating Managing Partner de EY Patagonia. Foto: EY.

Remoción de residuos en la actividad acuícola y el desafío bajo la norma IFRS

*Columna de opinión para Salmonexpert de Mario Rodríguez, Operating Managing Partner de EY Patagonia. 

En el contexto del proyecto de ley, que plantearía la modificación de la Ley de General de Pesca y Acuicultura en términos de exigir la remoción de residuos, tanto orgánicos como inorgánicos a los titulares de las concesiones acuícolas, surge la interrogante de los potenciales impactos que esta medida pudiese generar desde el punto de vista de los reportes financieros bajo el marco de las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS de acuerdo con sus siglas en inglés).

Lo que plantea el proyecto, en términos generales, es la presentación de un plan de recuperación y de investigación del fondo marino en el área de la concesión ante el Sernapesca y, por otra parte, sanciones más estrictas a los titulares o aquellos quienes estén haciendo el uso de las concesiones y que no se hagan cargo de la remoción de residuos. Lo anterior, implícitamente invitaría a las empresas salmonicultoras a revisar sus actuales planes de cierres de centros de cultivos post cosecha para evaluar si estos cumplieran con los nuevos requerimientos de ley.

Existen antecedentes de la industria minera que son interesantes de analizar considerando la actual discusión alrededor de la industria acuícola. En noviembre del 2012 entró en vigor la Ley 20.551, que comenzó a regular las actividades de cierre de las faenas e instalaciones mineras.

Esta Ley obligó a que todas las operaciones mineras contaran con un plan de cierre aprobado por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin). Estos planes de cierre han sido desarrollados como proyectos de ingeniería en los cuales se presentan un conjunto de medidas y acciones destinadas a mitigar los efectos que se derivan del desarrollo de la industria extractiva minera, en los lugares en que ésta se realice, de forma de asegurar la estabilidad física y química de las instalaciones, en conformidad a la normativa ambiental aplicable.

Considerando la profundidad y globalización actual de la industria salmonicultora, y, por otra parte, la presión social y ambiental por el desarrollo del sector con una mirada más sustentable, surge una interrogante respecto del nivel de revelación y el tratamiento contable que las actuales compañías chilenas están dando a sus planes de cierre de centros de cultivo, tanto a nivel de sus estados financieros anuales como informes de sostenibilidad.

Las normas IFRS, en su esencia, definen principios y no necesariamente políticas contables, sin embargo, en ciertas materias se pueden encontrar guías de aplicación y tratamientos contables concretos. Por lo tanto, es interesante analizar si las empresas del sector deberían constituir alguna provisión contable adicional a las actuales.

De acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 37 sobre Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes, este tipo de obligaciones estaría dentro de lo que se denomina una provisión de desmantelamiento y restauración.

Estas provisiones deben reconocerse cuando: i) una entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o implícita) como resultado de un suceso pasado; ii) es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos, que incorporen beneficios económicos para cancelar la obligación y; iii) puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.

Las compañías deben analizar los tres puntos señalados anteriormente teniendo en consideración los siguientes elementos: i) La obligación existiría una vez aprobada la ley o en aquellos casos cuando las compañías hayan revelado planes de restauración en sus informes de sostenibilidad u otros reportes; ii) si estos planes de restauración implican la ejecución de actividades, se infiere que esto generará salidas de recursos de las compañías y;  iii) la existencia de planes de recuperación  y de investigación de los fondos marinos , deberían establecer las  actividades, métodos y tecnologías a ser utilizadas y, por lo tanto, estas podrían ser medidas.

En conclusión y de acuerdo con los argumentos expuestos, las compañías del sector tienen un potencial desafío en relación con la materia tratada desde el punto de vista regulatorio, financiero contable y finalmente desde una mirada del desarrollo de una actividad sustentable.