Breve revisión de las Principales Normas para la Gestión de Residuos en la Salmonicultura

Publicado Actualizado

Igor Stack

Biólogo Marino, Msc. Medio Ambiente, Diplom. Control de Gestión.

Gerente de Proyectos Estratégicos, Green Touch Spa.

Introducción

Recientemente, durante el mes de noviembre del año 2015, fue publicado por el Ministerio del Medio Ambiente del Gobierno de Chile, el “Segundo Reporte del Estado del Medio Ambiente”. En este documento es posible evaluar el desempeño y gestión ambiental en nuestro país, para posteriormente planificar y elaborar las políticas públicas en materia ambiental.

La normativa aplicable a la salmonicultura con relación a la gestión de residuos se divide, principalmente, en residuos sólidos (orgánicos e inorgánicos), residuos líquidos y residuos peligrosos. Los cuales, actualmente, están siendo declarados por los representantes de las empresas salmonicultoras, en las diferentes plataformas computacionales dispuestas para ello, como son el Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) y el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (Sidrep).

Paralelamente, el Comité Interinstitucional de Información Ambiental, coordina a los diversos servicios públicos para el mejoramiento de la calidad y cantidad de la información ambiental, e identifica las brechas de información, a fin de que el poder legislativo pueda elaborar políticas públicas acordes con el objetivo de alcanzar un desarrollo sostenible.

Desarrollo

Para la elaboración del “Segundo Reporte del Estado del Medio Ambiente1”, participaron diversos organismos gubernamentales, entre ellos, el Comité Ministerial de Información Ambiental, el Consejo de Producción Limpia, la Dirección General de Aguas, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, el Servicio de Evaluación Ambiental, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, y la Superintendencia de Servicios Sanitarios, entre otros.

En este reporte, fueron evaluados 67 indicadores que buscan, principalmente, establecer las relaciones entre el medio ambiente y la actividad humana2. Las evaluaciones de estos indicadores son abordadas en diferentes capítulos, como son: el Contexto País, Calidad del Aire, Ruido, Residuos, Biodiversidad, Agua, Suelos, Cielos, Cambio Climático, Capa de Ozono e Instrumentos para la Gestión Ambiental.

La gestión de los residuos en la salmonicultura se encuentra ampliamente normada, y ésta se divide, esencialmente, en la gestión de los residuos sólidos (orgánicos e inorgánicos), residuos líquidos y residuos peligrosos. Para mejorar y facilitar el flujo de información, el Ministerio del Medio Ambiente ha puesto a disposición de los representantes de las empresas una plataforma computacional para realizar la declaración de sus residuos, como es el “Registro de Emisiones y Trasferencias de Contaminantes (RETC)3”. A su vez, el Ministerio de Salud creo el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (Sidrep)4” con el objetivo de facilitar a los emisores la elaboración y el envío de declaraciones de trasporte de este tipo de residuos.

Normativa Asociada con los Residuos Sólidos:

1) El 2 de mayo del 2013, fue publicado en el Diario Oficial (DO) el Decreto N° 1 el cual “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes RETC5”. La creación de este decreto respondería al interés de la comunidad internacional y los gobiernos por la creación de Registros de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC), como una herramienta para la adopción de políticas públicas en materia ambiental, destacando la importancia del derecho de los ciudadanos a tener acceso a esta información e implementar programas de difusión pública de emisiones y transferencias de contaminantes. En este contexto, fueron acogidas las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y los compromisos adquiridos por Chile en el ámbito internacional, a través de la suscripción y aprobación de los acuerdos.

2) El 20 de enero del 2014 fue aprobada la Resolución Exenta N° 1139, la cual establece la “Norma Básica para Aplicación del Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes RETC”5.

3) El 28 de octubre de 2009 es aprobado el Decreto N° 4 “Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”5. El presente reglamento tiene por objeto regular el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas servidas. Para dicho efecto, establece la clasificación sanitaria de los lodos y las exigencias sanitarias mínimas para su manejo, además de las restricciones, requisitos y condiciones técnicas para la aplicación de lodos en determinados suelos.

Sin embargo, es necesario precisar que en el “Segundo Reporte del Estado del Medio Ambiente” en el capítulo donde se aborda la gestión de los residuos sólidos no peligrosos, no es posible evaluar su desempeño ambiental, debido a la escasa información disponible. En ese sentido, el Ministerio de Medio Ambiente está realizando los esfuerzos tendientes para que a partir del año 2016, se cuente con información del Sistema Nacional de Declaración de Residuos (Sinader), lo que será el inicio en materia de estadística de residuos1. Con esto, todos los generadores y destinatarios de residuos sólidos, incluyendo a las municipalidades y empresas, que generan o tratan más de 12 toneladas de residuos al año, deben declararlos a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).

Normativa Asociada con los Residuos Industriales Líquidos (RILES):

4) El 20 de julio del año 1998 es publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 609 que “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado”5. Esta normativa afecta principalmente a las plantas procesadoras de peces que descargan sus Riles al sistema de alcantarillado.

5) El 7 de marzo del 2001 es publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 90 que “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”5. Esta norma afecta, principalmente, a pisciculturas o planta procesadoras que descargan sus Riles a ríos, lagos o al mar.

6) El 17 de enero del 2003 es publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 46 que “Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas”5. Esta norma podría afectar a algunas plantas de proceso que descargan sus Riles mediante un proceso de infiltración.

7) El 16 de junio del 2004 es publicado en el Diario Oficial el Decreto N° 148 que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”5. Esta normativa afecta a todos aquellos establecimientos que generan residuos peligrosos y establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

8) El 5 de julio del 2005 es aprobada la Resolución Exenta N° 359 que “Aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos”5.

9) El 17 de agosto del 2006 es aprobada la Resolución Exenta N° 499 que “Aprueba Documento Electrónico de Declaración de Residuos Peligrosos”5. Esta norma aprueba el formato de Documento de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos, el cual aparece en la página de internet www.sidrep.minsal.cl.

Discusión

Sin duda que en los últimos años el país ha avanzado en la gestión de los residuos, cuantificando y desagregando los diferentes tipos de residuos. En este proceso ha tomado una significativa relevancia el Comité Interinstitucional de Información Ambiental, comité que coordina los diferentes organismos públicos para la entrega de información.

Sin embargo, más relevante aún es la calidad de la información que se reporta, debido a que, con los análisis y resultados de esta información, se generaran las nuevas políticas públicas ajustadas a las actividades productivas, es por ello, que es muy importante que en el proceso de declaración de residuos a través de las diferentes plataformas computacionales (RETC o Sidrep) dispuesta por los diferentes organismos públicos sea completada por los representantes de las empresas de buena forma. Durante el presente año se reportarán los resultados con relación a la generación de residuos producidos durante el año 2015. Sin embargo, aún no sabemos cómo será disgregada y el nivel de detalle de la información, para que las empresas o actividades productivas en su conjunto puedan hacer gestión de sus residuos.

Lamentablemente, en la actualidad, en la industria salmonicultora no se encuentra disponible información consolidada de los volúmenes de residuos generados ni, menos aún, de forma desagregada. Tampoco existe un detalle del porcentaje de los residuos que es reciclado, reusado, dispuesto en rellenos sanitarios o destruido. Sin duda que esta información serviría para generar indicadores para la gestión de los residuos y, probablemente, serviría como antecedente para la generación de políticas públicas en el futuro que podrían afectar a la actividad productiva.

Actualmente, el Instituto Tecnológico del Salmón (Intesal) se encuentra trabajando en el desarrollo y difusión de una plataforma web para la declaración de los residuos en la industria salmonicultora.

En esta plataforma los titulares deberán ingresar los volúmenes de residuos de forma desagregada, para posteriormente ser evaluada y analizada. Se espera que con esta herramienta se puedan generar indicadores para la gestión de los residuos.