Nueva herramienta de gestión sanitaria: Implementación de compartimentos en acuicultura.

Alicia Gallardo, Marcela Lara, Karen MontecinosServicio Nacional de Pesca y Acuicultura

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Según lo establecido por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), la compartimentación y la zonificación son procedimientos que utiliza un país, a través de la autoridad competente, para definir en su territorio subpoblaciones de diferente estatus zoosanitario a efectos de control de enfermedades y/o de comercio internacional.

La diferencia esencial entre zonificación y compartimentación estriba en que el reconocimiento de las zonas se basa en las fronteras geográficas, mientras que el reconocimiento de los compartimentos se fundamenta en los métodos de gestión y de bioseguridad. No obstante, las condiciones espaciales y las buenas prácticas de gestión desempeñan un papel importante en la aplicación de ambos conceptos.

La compartimentación es un procedimiento que consiste en establecer subpoblaciones con un estatus sanitario determinado, basándose en factores relacionados con la gestión y la bioseguridad. El compartimento comprende a los animales de una o más explotaciones que se rigen por un mismo sistema de gestión de la bioseguridad, con la finalidad de preservar un estatus determinado respecto de una enfermedad o enfermedades específicas dentro del territorio de un país.

Los lineamientos internacionales para la aplicación de la compartimentación están establecidos en los capítulos 4.1 y 4.2 del Código Sanitario para los Animales Acuáticos de la OIE, y no existen experiencias prácticas, por lo que es un desafío de los países avanzar en esta línea.

El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, en estrecha relación con la OIE y sus lineamientos, ha desarrollado la compartimentación como una herramienta de Gestión Sanitaria.

El Servicio busca promover dentro del país la implementación de Unidades Epidemiológicas y compartimentos libres de EAR (Enfermedades de Alto Riesgo). Gracias al interés de los países exportadores y de algunos productores nacionales es que en marzo de este año se publicó en el Diario Oficial la Resolución Nº 1012, que aprueba el Programa Sanitario General de Compartimentos Libres de Enfermedades de Alto Riesgo (EAR), siguiendo las directrices de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

Ésta es una herramienta que contribuye a la gestión sanitaria interna del país y permitirá a Sernapesca definir subpoblaciones de peces libres de determinadas enfermedades, en base a la aplicación de medidas de bioseguridad orientadas a la bioexclusión y la biocontención.

Cabe señalar que en enero del 2015 en Hô-Chi-Minh (Vietnam), se realizó la 3ª Conferencia Mundial de la OIE sobre la sanidad de los animales acuáticos, donde estuvo presente Sernapesca. Durante la conferencia se destacó la importancia que tiene la implementación de las normas de la OIE, con énfasis en la compartimentación, dada su orientación hacia la protección de la sanidad de los animales acuáticos, generando la facilitación del comercio internacional.

Debemos tener presente que éste es un tema nuevo a nivel mundial, por lo cual no muchos países han trabajado en la compartimentación, esto tanto para animales terrestres y acuáticos, dado que requiere un importante trabajo público-privado a mediano y largo plazo.

La OIE en su Código Sanitario para los Animales Acuáticos define al compartimento como un instrumento de gestión sanitaria, por el cual se designa a “uno o varios establecimientos de acuicultura con un mismo sistema de gestión de bioseguridad, que contienen una población de animales acuáticos con un estatus zoosanitario particular respecto de una enfermedad o enfermedades determinada(s) contra la(s) cual(es) se aplican las medidas de vigilancia, control y se cumplen las condiciones elementales de bioseguridad requeridas para el comercio internacional”.

Además, estos principios de la compartimentación se encuentran incorporados en el D.S. 319, el cual define al compartimento y es recogido por el Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Anemia Infecciosa del Salmón, contenido en la resolución exenta número 1577, que establece la herramienta de compartimentación para la declaración centros emplazados en tierra, definiéndose como compartimento libre de la Anemia Infecciosa del Salmón a “una o más pisciculturas en las que no se ha detectado la presencia de virus ISA ni manifestación clínica de la enfermedad en los dos últimos años, y en la cual se da cumplimiento a las condiciones elementales de bioseguridad establecidas por el Servicio en una norma técnica específica”.

En consideración a la importancia del comercio de especies hidrobiológicas es que la OIE sugiere definir los compartimentos antes que se produzca un brote de la enfermedad, tanto en países como en zonas libres de alguna enfermedad de interés, ya que esto entregará las garantías a las transacciones internacionales y evitará las perdidas productivas ante la aparición de alguna nueva enfermedad de alto riesgo en el territorio nacional.

El Servicio ha definido cinco etapas en la implementación de un compartimento, considerando tres etapas iniciales para su aprobación y dos para la mantención del reconocimiento (ver tabla). Siendo los requisitos para esta aprobación oficial del compartimento libre de EAR en nuestro país los siguientes:

  • El compartimento debe sustentar técnicamente dicha definición, basado en su estatus sanitario, bioseguridad y sus vínculos epidemiológicos. Este compartimento puede ser tanto de carácter preventivo o respecto de una o varias enfermedades.
  • Definir claramente su localización y la de todos sus componentes y unidades conexas, sus relaciones y las medidas de mitigación establecidas en los planes de bioseguridad.
  • Se deberán establecer y documentar: la separación epidemiológica de un compartimento, especialmente relacionado con factores críticos de gestión y posibles fuentes de infección, como sus posibles vías de introducción y difusión de los agentes contra los cuales se ha definido el compartimento, incluidas las especies acuáticas y silvestres, vectores, fómites, vehículos, personas, productos biológicos, materiales, alimentos, entre otros, teniendo en cuenta la supervivencia del agente en el medio. Teniendo, además, identificados los peligros, factores de riesgo y gestión de cada uno de ellos.
  • Tener implementado un sistema de vigilancia para la detección precoz y control de las enfermedades para las cuales se defina el compartimento libre de EAR. Lo que va de la mano de la capacidad diagnóstica y el reporte de manera oportuna al Servicio cuando se está ante una sospecha o detección de presencia de enfermedades para la que se define el compartimento, el cual, además, debe contar con un plan de contingencia para dar respuesta a la detección.

Para concluir este procedimiento de compartimentación, el centro o centros será(n) objeto de fiscalizaciones en las que se verificará la mantención de las garantías que permitieron la aprobación del compartimento, pudiendo ésta ser suspendida o caducada, si como resultado de alguna inspección se determina que el compartimento no cumple con las exigencias que le otorgaron tal reconocimiento.

Cabe señalar que el mismo procedimiento y requisitos se utilizarán para evaluar la propuesta de compartimentos presentados por terceros países con los que se establezcan relaciones comerciales.

Reconocimiento oficial del Primer Compartimento Libre de Enfermedades de Alto Riesgo (EAR) del país

En este sentido, es que Sernapesca con fecha 13 de agosto, aprueba el primer Compartimento Libre de Enfermedades de Alto Riesgo (EAR), siguiendo las directrices de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE). Mediante la Resolución N° 7291 publicada en el Diario Oficial con fecha 27 de agosto, se reconoce como Compartimento a la Piscicultura Catripulli, perteneciente a la empresa Los Fiordos, ubicado en la comuna de Curarrehue, Región de La Araucanía.

La Piscicultura Catripulli es reconocida como Compartimiento de carácter preventivo para las Enfermedades de Alto Riesgo (EAR) de la Lista 1: Septicemia Hemorrágica Viral (VHS), Necrosis Hematopoyética Infecciosa (IHN), Necrosis Hematopoyética Epizoótica (EHN), Infección por alfa virus de Salmónidos (SAV) e Infección por Totivirus y como Compartimento Libre para el Virus de la Anemia Infecciosa del Salmón por variantes HPR0 y Otros HPR.

Como se indicó anteriormente, el proceso de validación implicó un estrecho trabajo público-privado que consideró distintas etapas, iniciando con el desarrollo de un plan de bioseguridad por parte de la empresa, en el que se identificaron las posibles vías de introducción y propagación de una infección en el compartimento, describiendo las medidas que se aplican para mitigar los riesgos asociados. En este contexto, el centro fue sometido a una exhaustiva evaluación documental tanto de sus procedimientos de vigilancia sanitaria como manejos productivos, finalizando con la verificación oficial a través de una inspección in situ de la aplicación de las medidas implementadas que garantizan que la piscicultura mantiene una subpoblación de peces libres de determinadas enfermedades.

Dada la relevancia de este tema a nivel internacional, ya que gestionan los aspectos sanitarios y el comercio de especies hidrobiológicas, es que el Servicio ha dispuesto en su página web, www.sernapesca.cl, de toda la información requerida para que más empresas puedan optar por esta certificación.