Imagen referencial de salmones. Foto: Cermaq.

Cermaq Chile recurre a tribunal contra entrega de información sanitaria estratégica

Chile: Un particular solicitó a Sernapesca información sanitaria de toda la industria salmonicultora, ante lo cual, Cermaq Chile advirtió que se afectan sus derechos económicos y comerciales.

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A través de la abogada Josefina Escobar, en línea con otras salmonicultoras como Caleta Bay, Cermaq Chile interpuso un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), controvirtiendo la aplicación de la Ley de Transparencia y las normativas que hacen pública la información ambiental que se encuentra en poder de la Administración del Estado.

De acuerdo con la representante de la empresa, “la información desagregada por empresa (o peor aún, en planillas que contienen datos crudos), no es pública conforme al tenor del Artículo 8° constitucional que, si bien revela actos y resoluciones de los órganos de la Administración, así como sus fundamentos y procedimientos, no implica al legislador ampliar el concepto a documentos que no correspondan a la naturaleza de los tipos de data taxativamente señalados por la Carta Política”.

Contexto 

Lo anterior, luego de que el 1 de junio de 2020, por medio de correo electrónico, Jousepth Gallardo Hidalgo solicitó a Sernapesca que le otorgara acceso “a los datos originales que se utilizan en los Informes Sanitarios de Salmonicultura en Centros Marinos”, añadiendo que su interés correspondía “a todos los años que tengan disponibles”.

Sernapesca denegó la solicitud el 16 de junio de 2020, ejercitando la causal de la letra c) del Artículo 21 de la Ley de Acceso a la Información, esto es, “cuando publicidad, comunicación o conocimiento de la información solicitada afecte el debido cumplimiento de las funciones del órgano requerido, por tratarse de un requerimiento de carácter genérico, referido a un elevado número de actos administrativos o sus antecedentes o cuya atención requiera distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores habituales”.

Así las cosas, el 26 de junio de 2020, el requirente dedujo amparo de acceso a la información ante el Consejo para la Transparencia (CPLT), donde Cermaq Chile y otras nueve empresas del sector salmonicultor rechazaron el recurso promovido “por afectárseles sus derechos económicos y comerciales con la divulgación de la data”.

La compañía argumentó en el TC que la información que se está solicitando “es prácticamente la totalidad del Sistema de Fiscalización de la Acuicultura, que es donde constan los datos originales con que se realizan los informes sanitarios”. Ello incluye abastecimiento de cada unidad, métodos de cultivo, existencias, medios de transporte, tiempo y magnitud de las cosechas, prevalencia de enfermedades, medidas de control sanitario, egresos de peces y traslados, e incluso eventos de robos de salmones.

“Al obtener la información, cualquier conocedor de la industria podrá fácilmente deducir los estados y eficiencias de cada uno de los centros de cultivo, además de las estrategias productivas de las empresas tales como la cepa de los salmones, pesos promedio de siembra y cosecha, tasas de crecimiento”, advirtió la abogada de Cermaq Chile. 

Sin embargo, en decisión dividida adoptada en su sesión del 13 de octubre de 2020, el CPLT resolvió acoger el amparo promovido por Jousepth Gallardo Hidalgo, requiriendo a Sernapesca entregar copia de los datos originales utilizados para la elaboración de cada “Informe Sanitario de Salmonicultura en Centros Marinos”, de todos los años que dicho servicio tenga disponible.

Frente a esto, el 3 de noviembre pasado, Cermaq Chile interpuso reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, el que ha sido acogido a tramitación y se conoce bajo el rol 82-2020 (Contencioso Administrativo), “constituyéndose así en la gestión pendiente que informa este requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad”. 

Para la salmonicultora, si es que se le obliga a proporcionar estos datos, “en los hechos, forzaría la divulgación de información sensible y estratégica en el marco del ejercicio lícito de actividades económicas, lo que perturba el derecho de propiedad y también el derecho a desarrollar libremente cualquier actividad económica lícita”.