Mitos y verdades de la salmonicultura

Capítulo 5: Medio ambiente

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Esta sección busca derribar los mitos que existen en torno a la salmonicultura entregando información objetiva, pero de forma simple y fácil de entender, sin necesidad de manejar un lenguaje técnico, lo que permitirá llegar tanto a personas que trabajen en la industria del salmón, como a la población en general.

¿La norma cautela la calidad ambiental de las áreas donde se encuentran los centros de cultivo?

Verdadero. Las concesiones otorgadas se organizan administrativa, sanitaria y ambientalmente en conjunto con otras concesiones cercanas en Agrupaciones de Concesiones de Salmónidos (ACS), o barrios. Lo anterior dependerá de las características de inocuidad epidemiológicas, oceanográficas, operativas o geográficas que justifican su manejo sanitario coordinado. Bajo este contexto, Sernapesca establece periodos de descanso coordinado, medidas profilácticas y tratamientos terapéuticos para los centros ubicados en una ACS. El respectivo descanso coordinado significa que los centros salmonicultores deberán finalizar su ciclo productivo para poder volver a operar solamente luego de tres meses.

Referencias: Ley general de pesca y acuicultura

Descansos sanitarios coordinados Sernapesca

¿Los centros de cultivo pueden instalarse en cualquier lugar?

Falso. Las concesiones acuícolas para el cultivo de cualquier recurso solo las otorga Sernapesca dentro de las Áreas Aptas para la Acuicultura (AAA), y luego de un proceso de aprobación que involucra la consulta a un conjunto de ministerios, servicios y organizaciones civiles. Subpesca tiene la responsabilidad de elaborar los estudios técnicos para la determinación de las AAA, considerando las características ambientales y uso de las áreas con mayor aptitud, así como la existencia de recursos hidrobiológicos en ellas bajo protección o explotación.

Referencias: Ley general de pesca y acuicultura

Áreas Apropiadas para el ejercicio de la Acuicultura Subpesca

¿Es posible la recuperación del fondo marino donde se emplaza un centro de cultivo?

Verdadero. En enero de 2024 entra en vigencia la Ley que exige a los titulares de concesiones la remoción de sedimentos y, a su vez, la recuperación de las características naturales del fondo marino en caso de una posible alteración atribuible a la actividad. Así, el titular deberá adoptar medidas para evitar el depósito de desechos inorgánicos en el fondo de la concesión, y también implementar soluciones para evitar o reducir el depósito de desechos orgánicos en el fondo de la concesión. En el caso de los desechos orgánicos, el responsable deberá presentar un plan de recuperación y un plan de monitoreo e investigación del fondo marino. mitos y verdades de la salmonicultura

Referencias: Ley 21410 modifica la ley general de pesca y acuicultura, con el objeto de exigir a los titulares de concesiones de acuicultura medidas para evitar o reducir el depósito de desechos inorgánicos y orgánicos

¿El cuidado y protección del medioambiente está normado por Ley para las actividades acuícolas?

Verdadero. La Ley General de Pesca y Acuicultura persigue que los establecimientos de acuicultura operen en niveles compatibles con las capacidades de los cuerpos de agua. La salmonicultura también se desarrolla bajo el Reglamento Ambiental para la Acuicultura (RAMA), la Ley General del Medio Ambiente y la Ley de Navegación y sus reglamentos en lo aplicable a la acuicultura. En particular, el RAMA dispone instrumentos para la conservación y evaluación de las capacidades de los cuerpos de agua, los requisitos de operación, así como la caracterización preliminar de sitio (CPS) y la información ambiental (INFA) regular. La CPS se exige a toda solicitud de concesión de acuicultura como requisito para la evaluación ambiental, y es una línea base que permite identificar eventuales alteraciones de las condiciones ambientales propias del área inducidas por la actividad acuícola. Por su parte, la INFA se exige a todos los centros de cultivo dos meses antes de iniciarse la cosecha en cada ciclo, y conforme a los resultados del monitoreo se determinará si el centro de cultivo opera en niveles compatibles con las capacidades del cuerpo de agua. No se otorgan permisos ambientales ni se pueden sembrar peces mientras el centro no cuente INFA aeróbica.

Referencias: Ley general de Pesca y acuicultura

RAMA

¿La actividad salmonicultora puede causar floraciones algales nocivas (FAN)?

Falso. A pesar de que estos fenómenos han aumentado en el tiempo, no existe evidencia para asegurar que la salmonicultura causa las FAN. Por ejemplo, los eventos FAN mostraron un aumento en intensidad y frecuencia en la Región de Magallanes desde la década de los 70, extendiéndose gradualmente hacia el norte, sin que en ese tiempo existiera acuicultura en las zonas afectadas. Por otro lado, la evidencia mundial demuestra que hay zonas con eventos recurrentes y en incremento, que no están asociados a actividad acuícola. Con todo, aún no puede descartarse que la actividad, en especial en área de alta producción, pueda aportar nutrientes que, más que originar la ocurrencia de FAN, si pudieran incidir en un eventual incremento de su magnitud. No obstante, los estudios deben demostrar que el aumento de nutrientes es consecuencia de esta actividad y no de fenómenos hidrodinámicos o aportes humanos.

Referencias: Coastal phytoplankton blooms expand and intensify in the 21st century

Climate change and harmful algal blooms: insights and perspective

Hydroclimatic conditions trigger record harmful algal bloom in western Patagonia (summer 2016)

Informe final Comisión Marea Roja

Floraciones de algas nocivas Mareas Rojas y Toxinas Marinas