Detallan sentencias ambientales en CES dentro de la Reserva Nacional Kawésqar

Reserva Nacional Kawésqar.

Chile: El Tercer Tribunal Ambiental se ha pronunciado en contra de la relocalización de concesiones acuícolas para salmones y ha revocada resoluciones de calificación ambiental (RCA) favorables.

El pasado martes, la ONG Fima realizó el taller “Salmonicultura y Reserva Nacional Kawésqar: ¿Qué ha dicho el Tribunal Ambiental sobre los centros de engorda en su interior?”, el cual se realizó vía telemática y tuvo por objetivo explicar a los participantes las sentencias que se han emitido en torno proyectos de concesiones acuícolas para salmones.

En la oportunidad, Macarena Martinic, coordinadora del área de acceso a la justicia de ONG Fima, se refirió al apoyo que, junto a otras organizaciones, han entregado a las comunidades, en relación con acciones judiciales, a propósito de centros de engorda de salmones (CES) que se han instalado en la Reserva Nacional Kawésqar.

“Estos proyectos comenzaron a evaluarse hace un par de años y obtuvieron RCA favorable, a pesar de estar dentro de una Reserva Nacional, que no es cualquier Reserva, ya que su categoría es un reconocimiento a las comunidades Kawésqar porque es su territorio ancestral. A pesar de ello, estos proyectos se evaluaron, obtuvieron su aprobación para funcionar, pero de una manera muy deficiente, porque no se evaluaron correctamente los impactos y su operación es muy nociva”, comentó la profesional.

Los proyectos a los que se refirió Martinic fueron cuatro de Nova Austral y uno de Blumar, por los cuales el Tribunal Ambiental se ha pronunciado, debido a las reclamaciones por parte de comunidades Kawésqar. “Ya contamos con 4 sentencias positivas que anulan los permisos en la Reserva Nacional. Presentamos requerimientos judiciales al Tercer Tribunal Ambiental, una vez que se agotaran las instancias ante la autoridad administrativa, es decir, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Magallanes, quien emitió los RCA favorables. En contra de esto, primero interpusimos un recurso de invalidación, las que fueron rechazadas, y en contra de ello, se interpusieron las reclamaciones judiciales”, detalló la representante de ONG Fima.

Según lo planteado, en la Reserva Nacional Kawésqar hay 67 concesiones de acuicultura de salmones aprobadas para operar en su interior y hay más proyectos que han tenido RCA favorable. “Sin embargo, en el caso de Nova Austral, que tiene un historial de negligencia y sanciones por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente y revocación de RCA en sus concesiones en el Parque Nacional Alberto de Agostini y en otras estaba iniciando un proceso de relocalización en la Reserva Nacional Kawésqar de los CES Clarence 4, Clarence 6 y Clarence 14. Por otra parte, para los CES Clarence 1, Clarence 2, Clarence 5, Clarence 7 y Clarence 9, la RCA quedó sin efecto por otro procedimiento judicial ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y luego por la Corte Suprema, por los procedimientos de Participación Ciudadana que no se realizaron”, comentó la abogada.

A juicio de Martinic, si bien son tres sentencias distintas en relación con 4 proyectos diferentes, el Tribunal Ambiental ha emitido sentencias similares. “Para el Tribunal Ambiental, la evaluación ambiental sería ilegal ya que no se evaluaron los impactos sinérgicos, los cuales podrían derivar de la utilización simultánea de tramos comunes de las rutas de navegación, los efectos que el tránsito de embarcaciones puede generar sobre la fauna marina y los eventuales impactos sobre el valor turístico y paisajístico. En este caso, el SEA debió evaluar impactos sinérgicos al conocer simultáneamente del ingreso al SEIA, de la evaluación y de la calificación ambiental de los proyectos. Por otra parte, no se evaluó el fraccionamiento en el caso de los proyectos Clarence de Nova Austral. Por tanto, se acogieron las reclamaciones y se dejó sin efecto tanto la resolución de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes, como la calificación ambiental del proyecto”.

Fraccionamiento

En el caso del fraccionamiento de los proyectos Clarence, la abogada comentó que el Tribunal se guío por ciertos indicios para confirmar que habría fraccionamiento. “Sus ingresos y tramitación fueron simultáneas a sus evaluaciones en el SEIA, compartiendo la tipología, titularidad y diversas características operativas, emplazadas al interior de la Reserva Nacional Kawésqar. Los proyectos Clarence provenían del mismo proceso de relocalización y fusión de concesiones. Por otra parte, se evidenció una coincidencia asociada a la realización de las reuniones con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, ya que realizaron una reunión por varios proyectos. Además, el cronograma de ejecución de los proyectos era similar. Y, por último, las áreas de influencia se superponían”.

En cuanto a los avances de la sentencia en relación con el fraccionamiento, el SEA no debe tener un rol pasivo en esta materia y debe ejercer el control preventivo de verificar en el SEIA la obligación de no fraccionar. Por otra parte, el SMA debe ejercer la potestad de determinar fraccionamiento, requerir ingreso y sancionar.