Cuando se trata de una sanción tan grave, debe ser autorizada por la justicia ambiental. Foto: Tercer Tribunal Ambiental.

Llega al Tribunal Ambiental consulta de la SMA por sanciones a salmonicultora

Chile:  La revocación de los permisos de tres centros de Nova Austral en Magallanes, es la sanción más alta aplicada jamás por la Superintendencia del Medio Ambiente, pero la medida debe ser ratificada.

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En sendos documentos ingresados al Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, la Superintendencia del Medio Ambiente elevó a consulta las tres resoluciones que sancionaron a la empresa Nova Austral con la revocación de la calificación ambiental de los centros Aracena 10, Cockburn 14 y Cockburn 23.

Y es que, de acuerdo con la normativa, cuando la SMA ordena la clausura temporal o definitiva de instalaciones donde se desarrollan tareas productivas o cuando revoca el permiso ambiental de un proyecto de inversión se requiere necesariamente para materializar la decisión el visto bueno del Tribunal Ambiental.

Los centros Aracena 10, Cockburn 14 y Cockburn 23 fueron objeto de procedimientos sancionatorios de la SMA que demostraron que la empresa provocó un daño ambiental en el Parque Nacional Alberto de Agostini de Magallanes, tras superar la producción máxima autorizada. La pérdida de esos permisos ambientales fue calificada como una sanción histórica para la industria salmonicultora.

Así, en sus escritos la SMA pide a los jueces del Tercer Tribunal Ambiental autorizar que esas sanciones sean aplicadas efectivamente. También presenta a los magistrados los argumentos que determinaron la opción por este tipo de sanción, entre ellos la magnitud del daño causado al medio ambiente, el carácter sensible del área protegida donde se emplazaban los CES (un parque nacional) y la intencionalidad y contumacia en sus actuaciones de la empresa responsable en cuanto a las infracciones.

En los tres hechos que se somete a consulta la SMA explicita que, si bien centros sancionados por sobreproducción pueden seguir operando, “la conducta de Nova Austral hace presumir un riesgo razonable que no permite descartar que cometa una infracción en el futuro que aumente aún más los impactos acumulativos ya generados en el área, lo que hace procedente una revocación”.

Ahora, los jueces del Tribunal Ambiental deben revisar los antecedentes para decidir si procede  o no la sanción impuesta por la SMA y para eso pidieron a este organismo aclarar si todas las partes fueron notificadas debidamente de las resoluciones.

Por otra parte, la empresa Nova Austral aún puede presentar ante el mismo Tercer Tribunal Ambiental un recurso de reclamación para impugnar las sanciones, para lo cual tiene plazo hasta el 27 de julio.