Imagen referencial de centro de cultivo. Foto: Daniella Balin, Salmonexpert.

Subpesca emite resoluciones para la salmonicultura

Chile: La entidad gubernamental emitió dos resoluciones que modifican resoluciones anteriores y fijan densidad de cultivo de salmónidos.

Recientemente, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) emitió dos resoluciones exentas para la salmonicultura, con el fin de dar cumplimiento a la normativa vigente.

La Res. Ex. N° 1800-2017 modifica la Res. Ex. N° 398-2017 la cual la cual fija densidad de cultivo para la agrupación de concesiones de salmónidos 30 B en la Región de Aysén y el número máximo de ejemplares a ingresar.

Esta resolución informa que Marine Harvest Chile solicitó a la Subsecretaría modificar la Res. Ex. N° 398, en el sentido de renunciar a la medida alternativa y voluntaria de porcentaje de reducción de siembra suscrita mediante programa de manejo, en el cual se solicitó la siembra de 880 mil ejemplares a ser sembrados en el centro código 110317, para posteriormente acogerse a la norma general de densidad de cultivo, la cual en su oportunidad contemplaba la siembra de 1.140.000 ejemplares de salmón Atlántico en 14 estructuras de dimensiones 40mx40m.

La Res. Ex. N° 1800 resuelve modificar la Res. Ex. N° 398, en el sentido de en su numeral 4 eliminar el literal b), e incorporar en su numeral 2 la siguiente fila:

En tanto, la Res. Ex. N° 1787-2017 fija la densidad de cultivo para la agrupación de concesiones de salmónidos 22 D de la Región de Aysén establecida en la Res. Ex. N° 1131 del 2017, exponiendo que la densidad para salmón Atlántico es 8 Kg/m3, mientras que para trucha arcoíris y salmón coho es de 6 Kg/m3.

La resolución igualmente fija, de conformidad con el artículo 58 P del D.S Nº 319 del 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el número máximo de ejemplares a ingresar por estructura de cultivo de cada uno de los centros de cultivo integrantes de la agrupación de concesiones 22 D, el que será aplicable en el siguiente periodo productivo que corresponda a la agrupación respectiva:

Lea la Res. Ex. N° 1787-2017