
Subpesca aprobó Reglamento del Registro Público de Concesiones de Acuicultura
En el reglamento se detalla que este Registro Público debe ser público, gratuito y estar disponible para acceso y consulta en la página de Subpesca.
Dentro de lo especificado en este reglamento, se determina que “los actos de transferencia, arriendo y cualquier otro que implique la cesión de derechos voluntaria o forzada sobre las concesiones, o que habilite el ejercicio de la actividad de acuicultura en ellos, no serán oponibles a terceros ni habilitarán el ejercicio de actividad alguna en las concesiones respectivas, mientras no sean inscritos”.
La Subsecretaría por su parte, deberá dejar constancia en la sección de concesiones de acuicultura referida a solicitudes en trámite, de todas las peticiones de inscripción dentro de las 24 horas siguientes a su recepción. La solicitud de inscripción deberá presentarse en la Oficina de Partes de la Subsecretaría, en un formulario que será puesto a disposición en el sitio web del organismo público.
De esta forma, en el plazo de quince días hábiles, contados desde la fecha de ingreso a la Subsecretaría, la solicitud será revisada para determinar si contiene el listado de documentos que se solicitan.
Por último, cabe destacar que dentro de seis meses contados desde la fecha de publicación del Reglamento, se inscribirán en el Registro, y a nombre de los adquirentes, los casos de solicitudes de autorización de transferencia en actual tramitación ante la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, presentados antes del 8 de abril de 2010.
Mayor información en el sitio web de Subpesca: www.subpesca.cl