Anuncio

La versión de Nicos Nicolaides tras conocerse la condena en el caso Nova Austral

Nicos Nicolaides, exgerente general de Nova Austral.

El exgerente general de la salmonicultora fue absuelto del delito de fraude y, al mismo tiempo, apelará por la acusación de encubrir la contaminación de aguas.

Published

Los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, Julio Álvarez Toro, Guillermo Cádiz y José Flores Vásquez, condenaron a los exejecutivos de la empresa Nova Austral, Drago Covacich y Nicos Nicolaides, lo anterior en calidad de encubridores del delito consumado de contaminación de aguas, según la Ley General de Pesca y Acuicultura.

Frente a esto, desde la defensa del exgerente general de Nova Austral, indicaron que tras un mes de juicio oral en Punta Arenas, el tribunal de esa ciudad absolvió a Nicos Nicolaides, Drago Covacich, Isaac Olivet-Besson y Rigoberto Garrido, del delito de fraude de subvenciones que se les acusaba, cometido en perjuicio del Fisco de Chile.

En lo anterior se les atribuía haber participado en una defraudación que alcanzaba los 59 mil millones de pesos, en sus calidades de ex gerente general y ex ejecutivos de Nova Austral, dineros que se habrían obtenido de forma indebida para dicha empresa salmonicultora a través de las bonificaciones de la Ley Navarino.

También el tribunal rechazó la demanda civil interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado, en la que se pedía la indemnización del multimillonario monto. Por otro lado, dictó sentencia condenatoria respecto de un delito, de la Ley de Pesca y Acuicultura como se comentó.

La defensa de Nicolaides, a cargo de los abogados Alejandro Espinoza e Ignacio Sotomayor, manifestó a Salmonexpert que “estamos conformes con la absolución lograda, por años hemos sostenido la inocencia del señor Nicos en este supuesto fraude multimillonario y eso ha quedado demostrado”.

La acusación de la Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado, de acuerdo con lo expuesto por los abogados, “era una acusación artificial, que se construyó cometiendo graves errores de hecho y normativos”.

En cuanto a la condena por el delito del art. 136 de la Ley de Pesca y Acuicultura, “esperaremos el fallo para conocer las razones, pero interpondremos los recursos pertinentes, pues es una decisión contradictoria a lo resuelto en materia ambiental, donde se descartó la existencia de daño ambiental, cuestión confirmada por los tribunales superiores de justicia”, subrayaron.