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Cartas al Editor

Espacios Costeros Marinos de los Pueblos Originarios: ¿Una luz para Magallanes?

Patricio Flores Brito.

*Carta al editor de Salmonexpert de Patricio Flores Brito, abogado, fundador de Borde Costero.

Señor editor:

Pese al legítimo origen de la ley 20.249, es imperativo detenerse y mencionar algunas graves falencias que afectan la correcta aplicación de la denominada “Ley Lafkenche”, dado los conflictos jurídicos que provocan las sobreposiciones (artículo 7º, Ley 20.249) y consecuenciales suspensiones de solicitudes de permisos, concesiones marítimas (incluidas las renovaciones) y de acuicultura, sobre espacios de borde costero (artículo 10º Ley 20.249). 

Dicha suspensión es aplicada por la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SS.FF.AA.), luego de la verificación cartográfica de sobreposición con Espacios Costeros Marinos de los Pueblos Originarios (ECMPO) desarrollada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), en conjunto con informes proporcionados por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), la Armada de Chile (Directemar) y la propia SS.FF.AA.

En primer lugar, parece ineludible indicar que la ley establece plazos muy acotados y claros para las respectivas etapas del procedimiento ECMPO, a saber: Subpesca debe, en el plazo máximo de dos meses proceder a la verificación de sobreposiciones, un mes posee la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) para elaborar el informe de usos consuetudinarios, mismo plazo de un mes establece para formular observaciones y alegaciones por parte de las comunidades indígenas vecinas y comunidad regional, y finalmente, en el plazo de un mes, la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) debe aprobar, rechazar o modificar el requerimiento ECMPO. 

Luego de ello, será la Subpesca quien solicite a la SS.FF.AA. la destinación marítima (tipo de concesión marítima requerida por un servicio público) para su debido otorgamiento en beneficio del ECMPO.

A todas luces y en conformidad con los plazos legales señalados, pareciera ser que los diferentes interesados sobre un espacio de borde costero obtienen de forma efectiva la certeza jurídica sobre sus proyectos de inversión, sean estos de naturaleza pública o privada. Sin embargo y muy lamentablemente, hace más de 15 años, la administración del Estado no ha logrado controlar el cumplimiento efectivo de los plazos legales establecidos y la excesiva dilación del procedimiento administrativo en comento, representando en esta materia el principal desafío para el Gobierno entrante.

Lo anterior no es antojadizo, si se piensa en el déficit presupuestario y la poco prolija metodología empleada por Conadi para la acreditación de usos. Este organismo cumple un rol preponderante, debiendo realizar un análisis de información provista por otros servicios públicos, concretar las visitas a terreno y efectuar entrevistas personales a los miembros de las comunidades indígenas requirentes, tópicos que en la actualidad resultan imposibles de cumplir con la exigua dotación de funcionarios públicos que se desempeñan en ella y la compleja ubicación geográfica de las zonas reclamadas.

Un nítido ejemplo de lo señalado, es el ECMPO Kawésqar-Última Esperanza, el cual lleva prácticamente ocho en tramitación, afectando proyectos importantes en la Región de Magallanes y más de cuatro años esperando el informe de usos consuetudinarios de Conadi, informe que el presente año podría emitirse y en definitiva, arribar a la sesión CRUBC donde se votará esta controvertida solicitud, la cual representa una superficie total de 275.571,414 hectáreas.