
Sernapesca lanza programa de vigilancia y control de SRS
La Septicemia Rickettsial Salmonídea (SRS) está considerada actualmente como una enfermedad de alto riesgo, declarada en lista 2 (alta prevalencia o alta distribución en el territorio nacional) por el Sernapesca, que a fines del año recién pasado, elaboró un programa de control que comprende la vigilancia epidemiológica, control y erradicación de la afección señalada, cuyo objetivo es disminuir la enfermedad en Chile.
De forma específica, el programa se aboca a la detección temprana y al seguimiento de las casos de piscirickettsiosis, aplicando medidas de control oportunas y graduales en casos tempranos y avanzados de la enfermedad.
Para ello, todo centro localizado en mar o agua salobre, que mantenga especies susceptibles a la contraer SRS, será clasificado en alguna de las siguientes tres categorías:
Centro en Vigilancia: es el que ha iniciado un ciclo productivo y no califica como Centro en Alerta o Centro de Alta Diseminación (CAD).
Centro en Alerta: presenta una o más jaulas con mortalidad asociada a la enfermedad en un 0,35% semanal o más, haber finalizado el seguimiento posterior a una clasificación como CAD, o haber realizado 3 tratamientos antimicrobianos en las mismas unidades de cultivo en 3 meses.
Centro de Alta Diseminación (CAD): corresponderá de ahora en adelante a aquellas instalaciones que presenten simultáneamente el 50% o más de sus jaulas con un valor o igual a 0,35% de mortalidad semanal por SRS, o tengan igual mortalidad semanal a nivel de centro, en 4 semanas consecutivas.
El período de seguimiento desde la notificación de CAD, es de 6 semanas, luego del cual se evaluará el desempeño del plan de acción puesto en marcha por el centro.
La vigilancia de SRS se dividirá en regular, y basada en el riesgo.
La vigilancia regular, implica que en un plazo máximo de 30 días previo al traslado de peces a instalaciones en mar o agua salobre, se muestreará y analizará en laboratorio el grupo trasladado determinando la presencia del agente, lo cual se incluirá en un informe adjunto al formulario de solicitud de siembra. Pasado un mes desde la siembra, todos los centros deberán realizar un muestreo y análisis de laboratorio dirigido a las unidades de cultivo que presenten peces con signología sugerente de la enfermedad, mayor presencia de peces moribundos, de mala condición y/o con mortalidad sin causa aparente.
Los centros en las regiones de Magallanes y la Antártica Chilena, realizarán estos muestreos cada 4 meses.
Centros que hayan realizado muestreos con mayor frecuencia a la requerida, podrán usar esos resultados para efectos de esta vigilancia siempre que cumplan con los requisitos de análisis.
Estos son, considerar un mínimo de 15 peces y utilizar una técnica PCR, de acuerdo a lo establecido por el Sernapesca, información disponible en su web.
Vigilancia en base a riesgo
Frente a un aumento de mortalidad en cualquier unidad de cultivo en mar o agua salobre que supere el 0,05% diario, por 5 días consecutivos, o un 2% en un plazo inferior a 5 días, excluyendo causas ambientales y depredadores, el médico veterinario responsable deberá notificar inmediatamente al Servicio y someter a laboratorio las muestras para determinar la presencia de la enfermedad. Este análisis deberá ser realizado por un Certificador de la Condición Sanitaria. Sólo el Sernapesca podrá autorizar a los médicos veterinarios a realizar dichos muestreos.
Todo centro notificado como Centro en Alerta deberá presentar al Servicio, dentro de las 48 horas siguientes, un plan de acción, y aquellas instalaciones que realicen tratamientos farmacológicos para el control de SRS deberán ser respaldadas por una prescripción médico veterinaria (PMV), identificar las unidades bajo tratamiento, mantener el registro de uso de agentes microbianos e informarlo apropiadamente al Sernapesca, notificando reacciones adversas y baja eficacia.