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Nueva institucionalidad ambiental intensificará sanciones a infractores

Publicado Última actualización

Carlos Bohle

Con la antigua normativa se debía pagar multas de 1 UTM a 500 UTM según la infracción, sin embargo, en la actualidad ese rango se amplió de 1 UTA a 10.000 UTA y se implementó la clausura temporal o definitiva de los centros.

Arteaga explicó que la nueva institucionalidad es un tema delicado en el rubro salmonicultor, pues puede perjudicarlo seriamente si hay una sanción masiva de centros. Expresó que si no se genera un daño a la población o al recurso ambiental, debería reconsiderarse su aplicación.

Sobre los RILes, afirmó que se aplicarán sanciones sólo si superan la norma permitida de contaminantes y que no debería incurrirse en amonestaciones por falta de filtros o “backups”, mientras se demuestre que se está monitoreando y operando con los estándares correctos. “El verdadero rompimiento a la norma sería no hacer el monitoreo” dijo.

Aún hay poca claridad sobre el alcance y operatividad in situ de la nueva institucionalidad en el futuro cercano, frente a lo cual Arteaga expresó que “de diciembre a junio del año siguiente, el sistema partirá en modo de marcha blanca”.

“La nueva ley establece que en caso de que una empresa, a conciencia, instale un centro con una disposición zonal distinta a la establecida en el papel, todo impacto de esta diferencia en sus ganancias, si fuese positivo, sería posteriormente analizado, descontado y sancionado en un tribunal ambiental, que además agregaría las multas correspondientes por mala entrega de información”, aclaró el representante de GEQ.

En este sentido, recalcó que se debe estudiar el caso de la salmonicultura, para establecer un sistema de regulación que no genere un impacto negativo en ella.