Imagen referencial de planta de proceso de salmón. Foto: Archivo Salmonexpert.

Constituyente lleva a la justicia proyecto para procesar subproductos de salmón

Chile: Elisa Giustinianovich acusa graves vicios de legalidad en la Declaración de Impacto Ambiental que está siendo tramitada por la Sociedad Pesquera Landes para la región de Magallanes.

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La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió a tramitación un recurso de protección presentado por la constituyente Elisa Giustinianovich, quien solicita que se adopten medidas tendientes a cautelar el legítimo derecho de los habitantes de la comuna de San Gregorio ante la posible puesta en marcha de dos plantas de procesamiento de residuos generados por la industria del salmón.

La bioingeniera plantea cuestionamientos y acusa “omisiones y graves vicios de legalidad en la Declaración de Impacto Ambiental que desde julio del año pasado está siendo tramitada en la región de Magallanes por la Sociedad Pesquera Landes ante el Servicio de Evaluación Ambiental (Sea)”. Por tal razón, la recurrente interpuso el recurso en contra del director regional de dicho servicio, José Riffo Fideli, según el diario La Prensa Austral.

En lo principal, la constituyente solicita al tribunal de alzada que a fin de cautelar en lo inmediato la integridad de los derechos fundamentales y mientras se resuelve el fondo del presente recurso se decrete orden de no innovar, a efecto que el Sea no pueda pronunciarse sin que se abra un plazo extraordinario de participación ciudadana con la comunidad de San Gregorio.

Se argumenta que la orden de no innovar tiene como finalidad impedir, como medida cautelar y a partir de las omisiones denunciadas, que se materialice el agravio que motiva el recurso con la aprobación inminente del proyecto, ordenando que, en definitiva, la votación de este proyecto sea retirada de la tabla de la sesión de mañana, “en tanto no se restituya el imperio de derecho en los término expresado en el petitorio de este libelo”.

Los cuestionamientos

Asimismo, en la acción interpuesta ante la Corte de Apelaciones, la doctora en Ingeniería Química también expone que el proyecto, “dentro de la vaguedad que en muchos aspectos presenta, atribuido fundamentalmente por la vía de ingreso a evaluación ambiental, es en estricto rigor una declaración jurada del titular del proyecto, más no un completo análisis contenido en un instrumento en virtud del cual se pueda tener en mayor o menor medida la certeza de la ocurrencia o no de los efectos descritos en el artículo 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y que fuerzan el ingreso de la evaluación ambiental precisamente a través de un Estudio de Impacto Ambiental”.

Giustinianovich expone que oportunamente y a instancias de organizaciones territoriales y funcionales de la región, como también de un par de solicitudes de ciudadanos, se pudo abrir un proceso de participación ciudadana en el marco de la evaluación ambiental, “donde oportunamente presenté mis reparos al proyecto, junto con otros observantes personas naturales, los que, dicho sea de paso, no fueron satisfechas por el titular del proyecto”.

Agrega que el titular en su Declaración de Impacto Ambiental únicamente declara (más no comprueba) de manera parcial y muy general aquellos impactos que en el ambiente pudiera ocasionar la aprobación del proyecto en sus diversas etapas. “Y en lo concreto, nos encontramos frente a una actividad que utiliza como materia prima los residuos de la industria del salmón, cuyos impactos y externalidades provocadas al medio ambiente son ya conocidas, discutidas y documentadas desde hace décadas”.