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Cooke Chile recurrirá a la Corte Suprema contra sentencia de Tercer Tribunal Ambiental

“Contamos con todas las autorizaciones sectoriales que establece la ley para sembrar el centro Huillines 3 y desarrollar actividad conforme a las normativas vigentes”, afirmaron.

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Cooke Aquaculture Chile interpuso una reclamación de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que por medio de la Res. Ex. Nº 303, de 25 de febrero de 2025, ordenó la medida provisional procedimental que paralizó la siembra del centro de cultivo de salmones Huillines 3, en la Región de Aysén.

La empresa alegó que la SMA habría ocultado antecedentes que darían cuenta de que la empresa no genera riesgo al medio ambiente, con el propósito de que el Tribunal autorizara la medida. Agregó que la aplicación de la medida no cumplía con los requisitos establecidos por el legislador.

Cabe recordar que la SMA formuló cargos a Cooke Aquaculture Chile, entre ellos uno por elusión al SEIA, el que fue calificado como grave. Mediante este cargo se imputó a la empresa la “Modificación del proyecto ejecutado en el CES Huillines 3, que no ha sido evaluada ambientalmente, y consistente en la producción de recursos hidrobiológicos de salmones, mediante un sistema de producción intensivo, mayor a 35 toneladas.”

El Tribunal, luego de revisar los antecedentes, resolvió que la medida provisional decretada por la SMA fue idónea. “Se observa como necesaria, ya que considerando su finalidad, no se vislumbra una medida menos lesiva para cumplir su finalidad de evitar el daño inminente al medio ambiente”.

Y en la sentencia, el Tribunal también resolvió “que concurren todos los presupuestos exigidos por el art. 48 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para la dictación de la medida provisional impugnada, incluyendo los requisitos de apariencia de buen derecho, peligro en la demora y proporcionalidad”.

Frente a esto, desde Cooke Aquaculture Chile, indicaron a Salmonexpert que “no entendemos la razón que tiene el Tribunal Ambiental para no considerar nuestra reclamación, ya que, como lo hemos expuesto siempre, contamos con la totalidad de las autorizaciones sectoriales que establece la ley para sembrar el centro y desarrollar nuestra actividad conforme a las normativas vigentes, tal como lo ha hecho Cooke desde que inició sus operaciones en el país”.

Además, recalcaron desde la compañía salmonicultora, “el centro ha sido fiscalizado en reiteradas oportunidades y jamás se ha podido acreditar un inminente daño ambiental, como sostiene la SMA. Simplemente nos impiden trabajar. Por ello, acudiremos a la Corte Suprema, donde confiamos se revierta esta prohibición y se respete la ley”.