Trece salmonicultoras recurren a la justicia tras fallo del Consejo para la Transparencia
Las empresas advierten que la divulgación de datos clave expondría a las compañías chilenas frente a los competidores internacionales como los establecidos en Noruega, Escocia o Canadá.
Trece compañías salmonicultoras presentaron en paralelo dos reclamos de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt para frenar una decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó a Sernapesca entregar información detallada sobre el desempeño sanitario y productivo de sus centros de cultivo.
Los recursos, ingresados el 7 de mayo de 2026, dieron origen a dos causas, ambas declaradas admisibles el 12 de mayo.
En ambos casos, la Corte decretó la suspensión de la entrega de información mientras se resuelve el fondo, conforme al artículo 29 de la Ley de Transparencia.
El origen
El reclamo de las salmonicultoras, según publica EMOL, apunta contra la decisión que el CPLT adoptó, cuando Roberto Montt Garrido, quien, según los escritos, se desempeña en la empresa Ceres BCA, presentó una solicitud de acceso a la información ante Sernapesca.
El requerimiento pidió tres conjuntos de datos por centro de cultivo desde enero de 2025. Las mortalidades semanales (con campos como tipo de centro, comuna, especie, etapa, número de peces, peso promedio, densidad y mortalidad por causa); el uso de productos farmacológicos declarados al módulo SIFA (incluyendo principio activo, vía de administración, dosis, cantidades y fechas de tratamiento).
Y las cargas parasitarias declaradas por los centros en mar. Sernapesca respondió mediante la Resolución Exenta N°DN-01427/2025 del 22 de mayo de 2025, denegando parcialmente la información respecto de los titulares que se opusieron y entregándola para el resto. Montt dedujo amparo ante el CPLT, que acogió su reclamo y ordenó entregar la información retenida.
Respuesta
Las empresas sostienen que la información requerida está protegida por la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, que ampara los antecedentes cuya publicidad afecte derechos de carácter comercial o económico.
El escrito del grupo argumentó que el cruce de los tres conjuntos de datos permite "reconstruir con exactitud el desempeño productivo, sanitario y farmacológico de cada empresa a lo largo del ciclo productivo en curso".
Y agregó que la divulgación expondría a las compañías chilenas frente a competidores internacionales "como los establecidos en Noruega, Escocia o Canadá", que podrían "ajustar sus propias estrategias de oferta, precios, volúmenes y ventanas de cosecha".