Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado. Foto: Senado.

Avanza proyecto que sanciona los delitos ambientales

Chile: Según la iniciativa legal que se tramita en el Senado, se entenderá por delito de contaminación ambiental a la emisión que supere los límites establecidos en la norma chilena.

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El profesor de la Universidad de Chile, Jean Pierre Matus presentó a la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado, un texto consolidado que sanciona los delitos ambientales, con mociones parlamentarias y un mensaje que van en el mismo sentido. En función de este documento técnico, se tramitará la ley respectiva, según lo comunicado en la web de la Cámara Alta.

En términos generales, el abogado explicó que “se entenderá por delito de contaminación a la emisión que supere los límites establecidos en la norma, que vaya más allá de lo permitido, se trata de delitos que generan un peligro inminente tanto para la salud de las personas como para el medio ambiente. Obviamente en el primer caso, daño a la salud humana, las penas son más graves”.

“En relación a las sanciones pecuniarias (pago de multas), éstas se encuentran adaptadas a la ley de Pesca y Acuicultura. También definimos las penas corporales (las no pecuniarias) y profundizamos en los casos de negligencia”, expresó el jurista.

“Dejamos en claro que será delito grave de contaminación, cuando se excedan en un 50% las normas de emisión -tales como las de Residuos Líquidos (RILes)-, en tanto, en el caso de las normas de calidad, se entenderá que dan lugar a un delito grave de contaminación el solo hecho de no cumplirlas”, comentó Matus haciendo ver que todo esto será nuevo en la legislación nacional.

En cuanto a los delitos que burlan el sistema administrativo, el texto sanciona la presentación de documentos falsos, saltarse pasos en la obtención de permisos ambientales y otros, y cualquier acción que impida la debida fiscalización.