Proyecto busca multar escape de salmones con el doble de su valor de cosecha

Chile: Entre las indicaciones presentadas por senadores a la iniciativa legal, destaca que la ocurrencia de un segundo escape de salmones en un mismo centro, provocará la caducidad de la concesión.

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Sigue avanzando en el Congreso el proyecto de ley (boletín 11571-21) que busca endurecer la regulación aplicada a los escapes masivos de salmónidos. Recientemente, un grupo de senadores realizaron indicaciones a la iniciativa, que en los próximos días se votarán y contarán con las exposiciones de gremios de la industria y ONGs, en la Comisión de Pesca y Acuicultura. 

Entre las indicaciones presentadas por el senador Rabindranath Quinteros, se encuentra que, “en el evento que se constate que en un centro de salmónidos no se da cumplimiento a las condiciones de seguridad de las estructuras de cultivo y fondeo, en virtud de lo indicado en la memoria de cálculo elaborada de acuerdo con las características del sector, conforme a lo exigido por el reglamento, no se podrá sembrar ejemplares hasta que se compruebe que se da cumplimiento a las condiciones”. Además, “se sancionará al titular, arrendatario o quien ejerza la actividad en dicho centro, con una multa equivalente del valor de cosecha de los ejemplares que se encontraren en el centro”.

Además, de acuerdo con el senador Quinteros, el titular, arrendatario o quien ejerce la actividad en el centro de cultivo “deberá retirar, en el plazo de 15 días corridos contados desde que se constate el incumplimiento, todos los ejemplares que se encontraren en el centro que se hallaba en operación. La operación estará suspendida hasta que acredite que las estructuras de cultivo y fondeo han sido instaladas y se encuentran operativas, conforme a lo indicado en la memoria de cálculo elaborada según lo indicado en el inciso anterior”.

La ocurrencia de un segundo escape en un mismo centro o concesión, según una de las indicaciones del senador Quinteros, “provocará la caducidad de la concesión y la revocación de Resolución de Calificación Ambiental. El evento de escape de salmónidos se sancionará con una multa equivalente al doble del valor de cosecha de los ejemplares escapados. Si no se recupera más del diez por ciento de las especies escapadas, se aplicará un incremento de la multa de un diez por ciento”. 

“El responsable del escape deberá financiar, a todo evento, un monitoreo de ejemplares de la o las especies escapadas en un área geográfica a ser fijada por la Autoridad, por el plazo de dos años, a fin de determinar los efectos derivados del evento”, apunta la indicación del senador Quinteros. 

Por su parte, en sus indicaciones, el senador Kenneth Pugh señaló que “los titulares de centros de cultivo en los que se haya verificado un escape de ejemplares de las especies salmonídeas deberán realizar la recaptura de los mismos, en el plazo de 30 días corridos, prorrogables por otros 30 días. Para estos efectos, el titular del centro de cultivo podrá prever la prestación de los servicios de armadores artesanales debidamente inscritos en el Registro Pesquero Artesanal, debiendo comunicar a la Autoridad la nómina de tales armadores, al inicio de las acciones de recaptura.

Dichos ejemplares, precisa la indicación del senador Pugh, “serán contabilizados, para efectos de determinar el cumplimiento de la obligación de recaptura, solamente en la medida en que conste por verificación física, a los órganos fiscalizadores, la entrega material de dichos ejemplares”.

Asimismo, otra de las indicaciones del senador Pugh establece que “la sustracción de especies desde un centro de cultivo será sancionada con las penas establecidas en el artículo 440 del Código Penal. Con la misma pena se sancionará la ruptura maliciosa de redes y toda acción que provoque o pueda provocar el escape de ejemplares desde centros de cultivo”.

Mientras que una indicación del senador Quinteros, agrega que “deberá publicarse información sobre la cantidad y clase de antibióticos y antiparasitarios utilizados y la respectiva biomasa, mortalidad, cosecha, una vez terminado el ciclo productivo. Esta información deberá desagregarse por empresa y centro de cultivo. En el evento de un escape, la autoridad deberá publicar la cantidad de ejemplares escapados, tan pronto le sea informado por el titular del centro”.