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Los 6 efectos que tendrá la megarreforma en la operación de la industria salmonicultora

Imagen referencial de centro de cultivo de salmónidos.

El cambio de mayor impacto económico es el reemplazo de la caducidad por paralización de actividades por un sistema de patente progresiva por no uso de concesiones.

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La promulgada Ley N° 21.850, conocida como “megarreforma” o Ley de Reconstrucción, modifica numerosos cuerpos legales. En lo que se refiere a la acuicultura, sus artículos 5 y 6 introducen seis cambios concretos, que son analizados en extenso mediante un análisis técnico realizado por Acuasesorías, entregado en exclusiva a Salmonexpert.

Relocalización de concesiones (art. 5° de la Ley N° 20.434). Qué cambia. Se reemplaza el inciso segundo. El texto anterior disponía que toda relocalización debía someterse al SEIA y presentar un plan de abandono y cierre. El nuevo texto mantiene ambas exigencias, agrega la remisión a la Ley N° 19.300 y su reglamento, y precisa que el plan de abandono y cierre se presenta ante la Subsecretaría. Además, se intercala un nuevo inciso que obliga a Subpesca a informar anualmente a las comisiones de pesca y de medio ambiente de ambas cámaras las solicitudes de relocalización aprobadas y rechazadas el año anterior. Alcance. En lo sustantivo, la relocalización sigue requiriendo evaluación ambiental. La remisión expresa a la Ley N° 19.300 podría leerse como un vínculo con sus reglas generales, incluidas las nuevas reglas sobre modificaciones de proyectos con RCA que la misma Ley N° 21.850 incorpora al art. 10 de esa ley. Es un punto interpretativo a seguir en la práctica del SEA.

Áreas apropiadas y bancos naturales (art. 67 LGPA). Qué cambia. En el inciso quinto, la responsabilidad de Subpesca en los estudios técnicos para fijar las AAA se amplía a la “validación de información proveída por terceros”. En el inciso sexto se agrega que Sernapesca podrá encomendar a personas naturales o jurídicas, en los términos del art. 122 bis, el informe técnico sobre la existencia o no de bancos naturales. Alcance. Busca agilizar la tramitación de solicitudes de concesión, donde el informe de banco natural es un paso previo. La prohibición de otorgar concesiones sobre bancos naturales y el procedimiento de publicación y reclamo del informe no se modifican.

Patente única de acuicultura por no uso (art. 84 LGPA). Qué cambia. Se reemplazan los incisos segundo y tercero y se agrega un nuevo inciso cuarto. La patente base (2 UTM/ha; 20 UTM/ha para peces exóticos) no varía. Cuando el centro no registre uso y no proceda la caducidad por falta de operación, el monto se incrementa progresivamente: ▪ Años 3 a 5 de no uso: la patente base aumenta en 60% por hectárea. ▪ Años 6 a 10: el monto de la etapa anterior se multiplica por 3. ▪ Desde el año 11: el monto de la primera etapa se multiplica por 6, y ese factor se duplica al inicio de cada quinquenio siguiente. Existe uso cuando la actividad iguala o supera los niveles mínimos de operación por especie y área que fije el reglamento, sin que pueda exigirse más del 50% de la operación máxima anual prevista en la RCA. Las exenciones del recargo quedan limitadas a: (a) evento ambiental, catástrofe natural o fuerza mayor; (b) sector declarado en emergencia sanitaria; y (c) suspensión de operaciones obligatoria dispuesta por la autoridad. Alcance. El no uso deja de sancionarse con la pérdida de la concesión y pasa a tener un costo económico creciente. Desaparecen dos elementos del régimen anterior: la exención por descanso obligatorio conforme al plan de manejo sanitario de la agrupación, y el mecanismo por el cual Subpesca, en agosto de cada año, informaba a la Subsecretaría para las FF.AA. las concesiones sin uso. La ilustración de la sección 4 muestra el efecto en montos.

Presidente José Antonio Kast promulgando la Megarreforma.

Supresión del monitoreo ambiental en línea (art. 87 ter LGPA). Qué cambia. Se suprime el artículo que obligaba a las agrupaciones de concesiones a disponer de una tecnología que registrara y transmitiera, al menos, conductividad, salinidad, temperatura, profundidad, corrientes, densidad, fluorescencia y turbidez, según el reglamento. Alcance. Desaparece la base legal de esta obligación. Conviene revisar las normas reglamentarias y las RCA que pudieran haberla recogido, así como eventuales remisiones a este artículo en otros cuerpos normativos.

Información ambiental e inspecciones por terceros (art. 122 bis LGPA). Qué cambia. El inciso primero incorpora la inspección de bancos naturales del art. 67 a las labores que Sernapesca elabora por cuenta y costo de los titulares, y elimina la exigencia de “previa licitación” en ese inciso. El inciso segundo sustituye el pago vía Tesorería y la tarifa fijada por resolución ministerial por el pago en una cuenta extrapresupuestaria del Servicio, más una plataforma pública con los criterios de elección. Un nuevo inciso final dispone licitaciones expeditas y electrónicas entre inscritos en el registro del art. 122 letra k), con tarifa diferenciable por tipo de cultivo fijada por resolución del Servicio, prefiriendo los mecanismos de ChileCompra. Alcance. Se mantiene la presunción de validez de los muestreos (inciso tercero no modificado). La licitación no desaparece, sino que pasa a un procedimiento electrónico expedito; la fijación de tarifas se traslada del Ministerio al Servicio.

Caducidad por no operación (art. 142 letra e) LGPA). Qué cambia. Se suprime la frase “; o paralizar actividades por más de dos años consecutivos” y se ajusta la regla de suspensión al singular (“El plazo antes señalado se suspenderá en el caso”). La única causal de la letra e) es no iniciar operaciones dentro de un año desde la entrega material, con la posible ampliación del art. 69 bis y la suspensión por descanso obligatorio. Alcance. Es el complemento del nuevo art. 84: la paralización prolongada ya no expone la concesión a caducidad, sino al recargo progresivo de patente. Los demás párrafos de la letra e) (definición de operación, fuerza mayor, catástrofes) y las otras causales del artículo no se modifican.

Para leer el informe completo de Acuasesorías, haga click aquí.