Cooke Chile critica resolución que mantiene la paralización de su centro de salmones
El Tercer Tribunal Ambiental, determinó que ni las medidas ordenadas por la SMA ni el acto impugnado que las contenía se encuentran vigentes, lo que hace improcedente su anulación. La empresa rechaza esto.
La empresa Cooke Aquaculture Chile presentó, ante el Tercer Tribunal Ambiental, una reclamación en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que paralizó la siembra del Centro de Salmones (CES) “Huillines 3”, considerando que ésta fue ilegal.
Entre sus alegaciones, la empresa argumentó que la SMA no ha indicado cuál sería el supuesto riesgo de daño inminente al medio ambiente producto del funcionamiento de dicho centro.
Así las cosas, el Tribunal analizó la información y los alegatos en relación con el cumplimiento de los requisitos del art. 48 de la Ley Orgánica de la SMA para la procedencia de la medida provisional.
En la sentencia, ante la petición del reclamante de dejar sin efecto la resolución de la SMA, el Tribunal indicó que esto no procede ya que, en la actualidad la medida dictada no se encuentra vigente, por lo que no es posible dejar sin efecto algo que ya no lo tiene, “pues se ha producido su extinción [de la medida] por el cumplimiento del plazo por el cual fue dictada; y a cuyo respecto la autoridad administrativa no procedió a su renovación, por improcedente, ya que a la fecha se ha resuelto el procedimiento sancionatorio dentro del cual se adoptó la medida.”
En cuanto a la solicitud del reclamante de declarar la ilegalidad de eventuales resoluciones que renueven la medida original o que dicten medidas en términos idénticos o similares a la medida original, el Tribunal señaló que:
"Se trataría de medidas que no se han adoptado aún, vale decir, en las que aún no se ha emitido la respectiva resolución que adopta la correspondiente decisión administrativa en este caso”.
Por lo tanto, tratándose de actos eventuales o actualmente inexistentes, tampoco sería procedente su declaración de ilegalidad.
Desde la salmonicultora, manifestaron a Salmonexpert que "la resolución adoptada por el Tribunal Ambiental confirma que las medidas de paralización de la SMA nunca tuvieron como objetivo evitar ningún riesgo ambiental, sino simplemente adelantar la sanción".