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Multi X se refiere a reciente multa aplicada: “cerramos todas nuestras operaciones en lagos”

Foto: Multi X.

La Corte Suprema indicó que la empresa incumplió en 2019 el deber de mantener libre de residuos su área en Lago Llanquihue. La salmonicultora se retiró hace tiempo de la zona.

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La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que condenó a la sociedad Multiexport Pacific Farms -Multi X- y también al administrador del centro de cultivo Bahía Cox, ubicado en el Lago Llanquihue, comuna de Puerto Octay, al pago de 3.000 y 150 UTM, respectivamente, por incumplir deber de mantener libre de residuos el área entregada en concesión.

En fallo unánime (causa rol 31.758-2026), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por las ministras Andrea Muñoz, Jessica González, Eliana Quezada y las abogadas (i) Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop– descartó infracción en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que confirmó la de base que acogió la denuncia interpuesta por Sernapesca en este caso.

Para el máximo tribunal: “(…) de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en el fondo procede en contra de las resoluciones que señala, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y con influencia sustancial en su parte dispositiva. Conforme a lo establecido en el artículo 772 del citado Código, el escrito respectivo debe expresar en qué consiste el o los errores de derecho de que adolece la sentencia recurrida y de qué modo ese o esos errores de derecho influyeron sustancialmente en lo dispositivo del fallo”.

“Que la denunciada pretende invalidar la sentencia impugnada sin citar, ni desarrollar las normas decisoria litis que regulan la materia, debiendo entenderse por tales, aquellas con arreglo a las cuales fue resuelto el litigio y que son las únicas que pueden influir de un modo sustancial en lo dispositivo de la sentencia, por cuanto el reproche únicamente se funda en los artículos 108 a) y 125 N°4 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, relativos a la reincidencia y la valoración de la prueba de conformidad a las reglas de la sana crítica; razón por la que el intentado debe ser declarado inadmisible”, concluyó en su fallo.

Por tanto, se resuelve que: “se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido contra la sentencia de cinco de mayo de dos mil veintiséis”.

En relación con la multa aplicada a la compañía, Multi X declara que ella responde a una fiscalización del año 2019 en el centro Bahía Cox, ubicado en el Lago Llanquihue, tras la cual se activó un protocolo de limpieza de fondo lacustre que revirtió la totalidad de la situación detectada por la autoridad.

“Cabe señalar que, en el año 2020, Multi X concretó el cierre total de sus operaciones en lagos, transformándose en una de las primeras salmonicultoras del país en tomar esta medida. La compañía reafirma su compromiso con una producción responsable y transparente, así como con el cumplimiento de los más altos estándares que exige la regulación y la industria”, dijo la empresa a Salmonexpert.