Queda definido el concepto de microrelocalización de concesiones para destrabar a la salmonicultura
En línea con el Presidente Kast, los senadores aprobaron que una microrelocalización de concesiones, implica un desplazamiento no superior a 350 metros sin generar aumento en la producción de salmón: se destrabarán 95 solicitudes.
Los comités del Senado respaldaron el acuerdo alcanzado el viernes en la segunda reunión de la mesa política impulsada por la presidenta del Senado, Paulina Núñez, mediante el cual se amplían los plazos para la presentación de indicaciones al proyecto de ley de Reconstrucción Nacional. Así, la decisión fue ratificada de manera unánime, dando curso al nuevo cronograma que busca facilitar las negociaciones en torno a materias clave de la iniciativa, entre ellas las relocalizaciones y caducidades de concesiones de salmón.
De esta manera, los nuevos plazos para el ingreso de indicaciones quedaron establecidos de la siguiente manera:
• Comisión de Medio Ambiente, hasta las 20:00 horas de este lunes 6 de julio, y fueron votadas ayer en el Congreso.
• Comisión de Trabajo, hasta el mediodía del miércoles 8 de julio
• Comisión de Hacienda, hasta las 20:00 horas del jueves 9 de julio.
Y entre las indicaciones ligadas a relocalizaciones y caducidades de concesiones de salmón, en específico, se hicieron varias en la Comisión de Medio Ambiente del Senado, tanto por parte del Gobierno, del oficialismo y de la oposición, y al menos las presentadas por el Presidente José Antonio Kast se aprobaron ayer en una larga votación quedando admitidas.
Relocalizaciones
Una de ellas es que en el caso de que una relocalización de una concesión de acuicultura tenga sólo por objeto una microrelocalización, “no ingresará al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ni requerirá cumplir los requisitos del artículo 92 de la ley N° 21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, siempre y cuando su movimiento no implique el ingreso a un área protegida.
Se entenderá por microrelocalización, entonces, un desplazamiento en las cercanías del área de concesión con el objeto de mejorar sus condiciones ambientales, considerando variables que inciden sobre la dispersión de la materia orgánica sobre el fondo marino, tales como la profundidad y la velocidad de las corrientes. La microrelocalización no podrá implicar aumentos en la producción autorizada ni en el tamaño del área de concesión.
Tras la discusión parlamentaria, quedó aprobado que el desplazamiento relacionado a una microrelocalización de concesión salmonicultora, no debe implicar más de 350 metros desde cualquiera de sus vértices. Esto permitirá que 95 solicitudes hoy en trámite se destraben.
La microrelocalización del inciso anterior será autorizada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura en base a antecedentes fundados, previo informe técnico y únicamente podrá considerar una modificación de las coordenadas de la concesión en el respectivo decreto.
Para estos efectos, la posición original será la fijada en el decreto que inicialmente otorgó la concesión o la resultante de la última relocalización que se hubiere aprobado en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Una vez aprobada, sólo implicará la actualización de las coordenadas de la concesión en el respectivo título, correspondiendo a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas efectuar la modificación correspondiente”.
Frente a todo esto, el presidente de la Asociación de Salmonicultores de Magallanes, Carlos Odebret -en posición común con gremios como SalmonChile y Consejo del Salmón-, estuvo en línea con que una microrelocalización de concesiones es un movimiento acotado, sin elevar la producción, no siendo un nuevo centro. A su vez, solicitó que estos cambios se puedan implementar efectivamente y no queden atrapados en problemas de procedimiento; que las exigencias sean coherentes con el tipo de modificación o trámite; que se basen técnicamente en mejores condiciones ambientales, sanitarias, oceanográficas y operacionales; y que las medidas sean estables, claras y predecibles.
Caducidad
En cuanto a la caducidad de concesiones, el Ejecutivo se refirió así: cuando el centro de cultivo al que se refiere la concesión no registre uso y no proceda la declaración de caducidad por falta de operación, el monto de la patente señalado en el inciso primero del presente artículo se incrementará progresivamente conforme a las siguientes reglas, aplicables a concesiones y autorizaciones de acuicultura:
a) A contar del tercer y hasta el quinto año de no uso, la patente base se incrementará en un 60% por cada hectárea comprendida en la concesión o autorización.
b) Entre los años sexto al décimo de no uso, el monto calculado conforme a la letra a) precedente se multiplicará por tres.
c) A contar del undécimo año de no uso, el monto calculado conforme a la letra a) se multiplicará por seis, factor que se duplicará al inicio de cada quinquenio siguiente.
Para estos efectos, se entenderá que existe uso cuando la actividad del centro sea igual o superior a los niveles mínimos de operación por especie y área que se establezcan mediante reglamento. En ningún caso el reglamento podrá establecer como operación mínima anual más del 50% de la operación máxima prevista cada año para el centro de cultivo en la resolución de calificación ambiental.