Ronia Atlantic, wellboat de Solvtrans. Foto: Solvtrans.

Armasur y empresas de wellboats rechazan haber cometido colusión

Chile: El gremio y seis de sus asociados acusan que la demanda ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia es una estrategia de Solvtrans Chile “para continuar operando al margen de la ley”.

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En junio pasado, Solvtrans Chile S.A. demandó frente el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) por coordinación ilícita al gremio Armasur y a otras seis compañías del sector wellboats tales como Naviera Orca, La Península, CPT Empresas Marítimas, Detroit Chile, Río Dulce y Transportes Patagonia Travelling Service, entidades que respondieron las acusaciones de colusión rechazando haber cometido cualquier práctica de ese tipo.

Las respuestas

Armasur, representada por los abogados Carla Bordoli y Cristián Doren, afirmó ante el TDLC que “la presentación de la demanda no es más que una estrategia de Solvtrans Chile para continuar así operando en nuestro país al margen de la ley, como lo ha hecho hasta la fecha”.

En ese sentido, Armasur aseguró en su presentación que “si bien desde el traspaso de acciones de la empresa a su gerente general Solvtrans cumpliría formalmente con la exigencia legal de tener nacionalidad chilena, sabemos que en los hechos la compañía sigue siendo de nacionalidad noruega y por ello, su operación nacional continúa siendo ilegal”, agregando que “se trata de un gigante que quiere apropiarse del mercado local de wellboats y lamentablemente en forma ilegítima”.

En tanto, Naviera Orca, representada por los abogados María José Henríquez y Gonzalo Cordero, señaló frente al TDLC que, hace algún tiempo por medio de distintas acciones judiciales, “tomamos la decisión unilateral de defender legítimamente nuestros intereses ante la competencia a todas luces ilegal y desleal de Solvtrans Chile. Evidentemente, intentar que se reestablezca el imperio del derecho no debe ni puede ser considerada una conducta anticompetitiva”.

Mientras que La Península, representada por los abogados Tomás Menchaca, Kevin Venturelli, y Constanza Burgos, advirtió en el TDLC que “son absolutamente falsas las graves afirmaciones de la demandante, que imputa, con un fin totalmente ilegítimo y espurio, la comisión del más grave de los atentados a la libre competencia -hoy constitutivo de delito-  como es una colusión, y en carácter de cartel duro”.

“Los hechos muestran que la ilegalidad de la actuación de Solvtrans fue declarada tanto por la Contraloría General de la República como por la autoridad marítima sectorial, quien le aplicó sendas multas y con posterioridad ordenó la cancelación de la matrícula de naves de su propiedad”, detalló La Península en su presentación.

Las sanciones que pide Solvtrans

Solvtrans Chile S.A. pidió al TDLC una multa de 5.000 UTA para Armasur, y para las otras seis compañías demandadas, una sanción equivalente al doble del beneficio económico reportado por las prácticas anticompetitivas o, alternativamente, una que represente el 30% de sus ventas correspondientes a la línea de productos o servicios asociada a las infracciones denunciadas por todo el período en el cual éstas se han extendido.

Por su parte, CPT Empresas Marítimas, representada por los abogados Andrés Rioseco y Valentina Guevara, recalcó que el TDLC “no debe permitir que una empresa que incumple impunemente la ley chilena, pretenda instrumentalizar la jurisdicción de libre competencia para de este modo ‘blanquear’ sus actividades ilícitas en el país, por lo que solicitaremos condenar a Solvtrans Chile en costas, de manera ejemplar”.

Excepción dilatoria

Asimismo, Detroit Chile, a través de los abogados Javier Velozo y Pablo Pardo, interpuso en el TDLC una excepción dilatoria de ineptitud de libelo, “pues resulta necesario que Solvtrans exponga con claridad los hechos que configuran uno de los tipos infraccionales imputados en su demanda (cartel duro). Lo anterior, con el objeto de posibilitar el ejercicio de nuestro derecho de defensa”.

Más allá fue Río Dulce, por medio de sus abogados Jorge Grunberg y Jaime Puyol, manifestando en el TDLC que “nuestra representada no ha cometido acto anticompetitivo y tampoco ha tenido la intención de excluir del mercado a Solvtrans, sino que todo lo contrario: entre Solvtrans y el grupo Marine Farm -al cual pertenece Río Dulce- han existido relaciones comerciales que excluyen cualquier atisbo de intenciones anticompetitivas exclusorias”.

Finalmente, Patagonia Wellboat, representada por el abogado Álvaro Jana, alerta que si Solvtrans tiene éxito en su demanda que tramita el TDLC “podrá perpetuarse en su estrategia elusiva de la legalidad chilena en materia de cabotaje sentando dos precedentes nefastos: (i) que cualquiera que planee competir en la actividad de cabotaje en Chile sin dar cumplimiento efectivo a las exigencias y condiciones para ello, podrá hacerlo eficazmente, (ii) y que aquellos rivales y sus instancias de cooperación que pretendan que la legalidad quebrantada sea respetada actuando en consecuencia, serán en definitiva marginados y sancionados con multas exorbitantes incluyendo la muerte civil del gremio al que pertenezcan”.