Fundación Terram expresa que proyectos salmonicultores en evaluación en Magallanes deben ingresar a través de Estudios de Impacto Ambiental. Foto: Archivo Salmonexpert.

Fundación Terram cuestiona proyectos salmonicultores en Magallanes

Chile: Desde la ONG señalan que las iniciativas no cumplen con las exigencias de la Ley N° 19.300, ni con los pronunciamientos de Contraloría.

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Fundación Terram indicó que entre el 31 de enero y 19 de febrero fueron admitidos a tramitación en el Sistema de Evaluación Ambiental (SEA) tres proyectos salmonicultores que pretenden emplazarse en la Reserva Nacional Kawésqar, “la cual protege la zona marino costera del también Parque Nacional Kawésqar, ambas áreas recientemente decretadas a través de D.S N°6/2018 del Ministerio de Bienes Nacionales del 30 de enero del presente año”.

Los proyectos corresponden a tres centros de engorda de salmónidos, de Inversiones Pelícanos y Acuícola Cordillera, los cuales se ubicarían en las cercanías de los fiordos de Isla Riesco, en la comuna de Río Verde, “afectando así el área resguardada por la figura de Reserva Nacional Kawésqar”, informó la ONG a través de un comunicado.

Desde Fundación Terram, aseguraron que los proyectos no deberían haber ingresado a través de una Declaración de Impacto Ambiental, pues según la ley N°19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, en casos de iniciativas que se emplazan al interior de áreas protegidas como la Reserva Nacional Kawésqar, exige Estudios de Impacto Ambiental. Además, el dictamen Nº 83.278 de 2016 de la Contraloría General de la República, “señala que el desarrollo de actividades de acuicultura en zonas marítimas que formen parte de las Reservas Nacionales sólo pueden ser autorizadas, siempre y cuando sean compatibles con sus respectivos objetivos de conservación; el problema es que “en este caso no se cuenta todavía con plan de manejo”.

Cultivos Pelícano

Desde Cultivos Pelícano, afirmaron a Salmonexpert que “es necesario hacer presente, y respecto del emplazamiento de nuestra solicitud de concesión de acuicultura, que la ley General de Pesca y Acuicultura, en su artículo 158, expresamente permite que en las zonas marítimas que formen parte de Reservas Nacionales y Forestales, como se da en este caso, se podrán realizar actividades pesqueras y acuícolas, por lo tanto, no existe impedimento para que en la Reserva Nacional establecida por el D.S. N° 8 de 2018 del Ministerio de Bienes Nacionales, publicado el 31 de enero pasado, se puedan emplazar y desarrollar actividades de cultivo”.

Por otra parte, “el ingreso de nuestro proyecto de cultivo al SEIA obedece al cumplimento del requerimiento efectuado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de conformidad con el Reglamento de Concesiones de Acuicultura, aprobado por D.S. N° 290 de 1993 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, instancia en que se deberá evaluar ambientalmente nuestro proyecto de conformidad con la normativa legal y reglamentaria vigente”, de acuerdo con Cultivos Pelícano.

“En el marco de este nuevo escenario, la entrada en vigencia del D.S. N° 8 de 2018, se analizaron los potenciales impactos del proyecto acuícola, no contraviniendo éste el objeto de protección de los recursos que alberga la nueva reserva nacional, no obstante, en el marco del SEIA complementaremos el proyecto con una serie de medidas de control y vigilancia ambiental  para dar garantía de ello”, dejó en claro Cultivos Pelícano.