Marcelo Campos Larraín, Socio Director de Acuasesorías Ltda. Foto: Archivo Salmonexpert.

Concesiones marítimas: una demanda fundamental

*Columna de opinión para Salmonexpert de Marcelo Campos Larraín, Socio Director de Acuasesorías Ltda.

Nuestro país, a contar del 18 de octubre recién pasado, ya no es el mismo. Muchas cosas han cambiado y muchas otras necesariamente cambiarán. En lo que específicamente se refiere a responder a algunas de las demandas de la población, el Estado necesitará recursos económicos, los cuales deberán provenir de diversas fuentes. Entre éstas se han mencionado la disminución en algunos ítems del gasto público para incrementar otros y el aumento directo e indirecto de impuestos. No obstante, existe además una que permitiría obtener fondos en forma casi inmediata, como lo es la generación de divisas a partir de la adecuada administración del borde costero. 

En términos específicos, el otorgamiento oportuno de las concesiones marítimas, incluida la reasignación de mejoras fiscales que en muchos casos se están destruyendo o deteriorando por falta de cuidado, es sin duda una importante fuente de ingreso que debe ser considerada por las autoridades nacionales. Para esto, en lo inmediato no se necesitan modificaciones legales ni reglamentarias, sino sólo la voluntad de aplicar la normativa vigente y efectuar las tramitaciones de manera expedita y oportuna. 

Si se piensa que lo anterior no es posible, cuesta entonces entender el por qué no se han hecho esfuerzos para modificar el DFL N° 340 de 1960, del Ministerio de Hacienda, que contiene la Ley sobre Concesiones Marítimas. Evidentemente las actuales demandas de uso y aprovechamiento del borde costero son muy diferentes a las existentes hace prácticamente 60 años. A su vez, la Política Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral de la República data de 1994, es decir ya tiene 25 años. Las modificaciones reglamentarias, por más que se intente cumplir con los principios de eficacia y eficiencia contemplados en la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, terminan siendo insuficientes, si no se adoptan medidas para actualizar leyes y normas que conforme a la evolución de los tiempos se tornan obsoletas e inoperantes.

Es ampliamente sabido que la tramitación de una concesión marítima toma años y que, a pesar de haberse promulgado durante el 2018 un nuevo reglamento, ésta sigue siendo engorrosa y lenta. Los plazos establecidos en el propio Reglamento sobre Concesiones Marítimas no se respetan y queda la sensación de que éstos son referenciales para la administración y fatales para el administrado.

Con el propósito de resarcir las demoras de la administración, como asimismo de incentivar a los usuarios -personas naturales y jurídicas- para que regularicen la utilización de los bienes nacionales de uso público en el borde costero, los cuales por las más diversas razones lo han hecho por años e incluso décadas, la nueva normativa establece que el pago de la renta y/o tarifa por ocupación ilegal que se debe enterar en arcas fiscales, se limita a un máximo de cinco años. Los demás años de ocupación ilegal, sencillamente son condonados. Es decir, si el Estado responde rápido, con eficiencia y efectividad, en muchos casos existirían ingresos que, dadas las circunstancias expuestas, simplemente no se dan.  

Por otra parte, aquellos que desean desarrollar sus emprendimientos, iniciativas o proyectos, cumpliendo a cabalidad la normativa, por no hacer uso de los espacios solicitados, sencillamente no generan utilidades para el Estado. En otras palabras, ante estos casos, las demoras de la administración no solamente provocan pérdidas a las personas que se ven impedidas de crecer, sino que también al propio Estado que no percibe ingresos. 

El otorgamiento de una concesión marítima, que en la mayoría de los casos no es por más de 5 años, no puede ser visto, ni menos interpretado, como una enajenación del borde costero. El otorgamiento de concesiones marítimas, sin duda es darle uso, aprovechamiento y valor a bienes nacionales de uso público, para que, a través de sus titulares, el Estado obtenga mayores y mejores beneficios para la comunidad.

A su vez, es una responsabilidad ineludible por parte de los muchos a nivel nacional que ocupan bienes nacionales de uso público, sin disponer de los correspondientes permisos, regularizar su situación. Sin duda, hay culpas compartidas, que los particulares necesariamente también deben asumir.  

Al mismo tiempo, se debe ser razonable con los montos que los titulares deben pagar por concepto de rentas, tarifas e impuesto territorial, que es lo requerido por el Estado para disponer de mayores ingresos. Es absolutamente necesario impedir que, por la incapacidad de pago de montos excesivamente onerosos, las construcciones ya realizadas por los concesionarios se transformen en mejoras fiscales y que sean deterioradas o destruidas, especialmente a consecuencias de la acción de “ocupas”. Esto, en el bien entendido que la autoridad marítima no siempre tiene la capacidad ni los recursos para protegerlas ni mantenerlas, con lo cual terminan perdiendo su valor.

Ante la esperanza de que vendrán tiempos mejores, es deber y compromiso de todos, trabajar en equipo y contribuir a la restauración de un país unido, donde cada uno de nosotros sea y esté orgulloso de lo que hace, teniendo siempre presente que en base a derechos, deberes y responsabilidades lograremos el tan ansiado desarrollo.