Imagen referencial de Invermar. Foto: Archivo Salmonexpert.

Invermar interpone recurso contra normativa de densidades

Chile: La salmonicultora afirmó ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que la nueva regulación de Subpesca afecta a las empresas pequeñas y medianas, beneficiando a las de mayor tamaño.

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La nueva normativa de densidades generó visiones encontradas en la industria chilena del salmón, y una de las empresas que rechazan esta regulación de Subpesca, Invermar, optó por el camino de interponer un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

A través de su abogado, Kevin Venturelli, la salmonicultora materializó esta acción judicial en contra de Subpesca, representada legalmente por su titular Eduardo Riquelme, y también incluyó a Eugenio  Zamorano,  jefe de la División Acuícola de la entidad, por ser quienes establecieron las densidades de cultivo para las agrupaciones de concesiones de las cuales participa la compañía.

Invermar argumentó que, con esta normativa, las empresas más consolidadas económicamente podrían aumentar intencionalmente sus proyecciones de cultivo con la finalidad de hacer caer a la agrupación centros en una calificación de bioseguridad más baja, determinando que todos los otros concesionarios tengan que operar en menores densidades que eventualmente las hagan inviables.

“La situación descrita es más grave si se considera que las puntuaciones están dadas por el barrio industrial, lo que hace más difícil a la pequeña y mediana empresa crecer, mientras que las de mayor tamaño pueden mantener o incrementar su poder de mercado”, advirtió Invermar, lo que a su juicio, viola la igualdad ante la ley, siendo una normativa con discriminación arbitraria.  

En consecuencia, de acuerdo con lo indicado por la empresa, “la autoridad ha definido una nueva política pública y regulación de la industria, sustentándose en información que no necesariamente se condice con la realidad y que puede  presentar graves distorsiones  por  los incentivos que están involucrados”. La compañía se preguntó lo siguiente: “¿Realmente se trata de una resolución que tiene como fin la bioseguridad? ¿No será que realmente busca un control de la producción?”.

Asimismo, la salmonicultora aseguró que con los plazos y formas de participación ocurridos en el proceso que derivó en la nueva normativa “se construye una vulneración del principio del debido proceso, el cual garantiza nuestra constitución, y por tanto, se contraviene nuestro  ordenamiento jurídico en sus distintos aspectos”.

A lo anterior, Invermar sumó que “ni la Constitución ni la ley han otorgado a Subpesca  la  potestad  de poder determinar la clasificación de bioseguridad de los centros de cultivo de mar y el  porcentaje  a disminuir. Esta situación tiene especial interés tomando  en  consideración  que  dicha  baja  afecta  directamente el derecho de propiedad, con un grave daño patrimonial”.

Ello, pues el plan de siembra informado la empresa el 16 de agosto de 2018, proyectaba  3.940.000 salmones en 6 centros de cultivo, pero en atención a la modificación del marco regulatorio la empresa presentó otro programa, estimando 1.940.000 de salmones en 3 de sus centros de cultivo. “Es  decir, existen 2.000.000 de salmones en los que se invirtió, cuyo futuro más cierto es que tengan que se desechados por la compañía, al no existir otras opciones viables para los mismos. Lo que es ciertamente inaceptable para nosotros”.

“Si una empresa mantiene una conducta intachable, no debe ser castigada por hacer crecer sus operaciones. La sanción debe estar establecida en pérdidas o enfermedades detectadas en el  ejercicio  anterior.  Por  último,  en  un aumento  objetivo  en  la  densidad  a  un  punto  que  la  haga  riesgosa, no puede tener relación con la producción del período previo, sino con la cantidad máxima objetiva de kilogramos por metro cúbico que se siembren”, recalcó Invermar.

Respuesta de la autoridad

Frente a esto, el subsecretario de Pesca y Acuicultura (s), Román Zelaya, presentó un informe de respuesta en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, mediante el cual manifestó que la acción judicial de Invermar debe ser rechazada al ser extemporánea, pues los 30 días para interponer el recurso de protección contados desde el 14 de septiembre de 2018, cuando se publicó la nueva normativa en el Diario Oficial, ya pasaron.

Además, la autoridad subrayó que el recurso de protección de la salmonicultora cae en ineptitud, ya que ninguna parte de la impugnación dice relación con defectos de los informes técnicos hechos por Subpesca, sino con las consecuencias que se derivan de aplicar correctamente la resolución, que busca resguardar el patrimonio sanitario de la industria chilena del salmón.

Igualmente, Zelaya apuntó que Invermar no tiene los suficientes fundamentos para desacreditar la  regulación establecida respecto de la densidad de cultivo en salmónidos, y al mismo tiempo, no se afectan los derechos constitucionales invocados por la compañía en su recurso de protección, como son los relacionados a un debido proceso y el de propiedad.