Realizan modificaciones relativas a vigilancia y control de la caligidosis
Chile: Los cambios complementan la resolución N°13 exenta, de 2015, que aprueba un programa Sanitario Específico respecto de esta enfermedad que afecta a los salmónidos.
Según lo manifestado en un boletín elaborado por la división de Acuicultura de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), el 18 de julio pasado se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 2.881 de 2018, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que complementa al Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Caligidosis.
Dentro de estas modificaciones se incluye:
- Los tratamientos antiparasitarios con Peróxido de Hidrógeno podrán ser ejecutados tanto dentro como fuera de una ventana de tratamiento oficial.
- El Servicio podrá modificar una ventana de tratamiento frente a acuerdos sostenidos por la totalidad de los titulares de un ACS o extender una ventana en curso frente a solicitudes de un centro de cultivo, en consideración de factores ambientales, logísticos u otro que pudiese afectar el resultado de una terapia.
- Se establece un plazo de 48 horas para el envío del plan de cosecha anticipada en los casos que aplica conforme el Programa.
- Para la rotación de principios activos, podrán ser considerados tratamientos no farmacológicos, previa evaluación y autorización del Servicio.
“Todas las medidas establecidas en esta resolución comienzan a regir desde la publicación en el Diario Oficial”, informó la Subpesca.
El texto de la publicación se encuentra disponible en la página web del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca).