La SMA formuló nueve cargos contra la empresa, de los cuales cuatro de ellos fueron clasificados como graves. Imagen: SMA.

SMA a la espera del Programa de Cumplimiento de Sealand Aquaculture

Chile: Hasta 10 días hábiles tienen los titulares de la Piscicultura Chayahue para presentar metas y acciones a cumplir, para subsanar las infracciones ambientales por las que la Superintendencia de Medio Ambiente inició un proceso sancionatorio.

El 26 de enero pasado, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), emitió una resolución donde se inicia un proceso sancionatorio en contra de Sealand Aquaculture y Chayaue, titulares de la Piscicultura Chayahue (ubicada en la localidad de Pargua), debido a incumplimientos ambientales detectados en inspecciones ambientales realizadas por profesionales de la SMA, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), y del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).

Lea también: "Puerto Montt: SMA formula cargos contra Piscicultura Chayahue"

Ivonne Mansilla, directora de la oficina regional de la SMA, comentó a Salmonexpert que la formulación de cargos recoge como antecedente, además de las inspeccione sectoriales, realizadas por Sernapesca, la Gobernación Marítima, el Consejo de Monumentos y la SMA, toma en cuenta también las denuncias ciudadanas del sector de dos comunidades indígenas y de habitantes del sector, más los incidentes que la empresa ha tenido, como fue el escape de biomedios ocurrido en diciembre de 2016.

“A principios del año pasado, este incidente fue investigado ya que los biomedios fueron apareciendo en distintas playas y se tuvo que hacer recolección de estos elementos. Por ello, durante el 2017 mantuvimos la fiscalización por este tema”, explicó.

Infracciones

Este proceso sancionatorio se inició por 9 infracciones a dos Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) presentada por los titulares, de las cuales 4 son graves y 5 leves.

Lea también: “Sealand Aquaculture establecerá programa de cumplimiento ante multa de la SMA”

“Dentro de las infracciones graves está la descarga de los biomedios al mar, y que no implementaron las medidas adecuadas para impedir este escape, ya que comprobamos que después de 24 horas, estos biomedios salieron del Canal de Chacao y terminaron diseminados en un radio de 90 km., tanto por el norte en el sector de Llico (costa de Fresia), hasta Mar Brava (costa de Ancud) por el sur”, argumentó la profesional.

Ivonne Mansilla, directora regional SMA Los Lagos. Foto: SMA.

Otra de las infracciones graves se relaciona con sitios arqueológicos, ya que en el sector donde está instalada la Piscicultura Chayahue, hay un conchal denominado “Conchal alfarero Chayahue”, clasificado como sitio arqueológico por el CMN. “Este conchal y otro sitio arqueológico más, se han vistió afectados, ya que la empresa no siguió los procedimientos que debe hacer un titular cuando se encuentra con un sitio de interés arqueológico o antropológico, el cual consiste en dar aviso al CMN. Por otra parte, tampoco cumplieron con la metodología, establecida por la Autoridad Marítima, para programas de vigilancia del medio marítimo”, recalcó Ivonne Mansilla.

Las infracciones leves guardan relación con realizar descargas en otros puntos distintos a los aprobados por el Servicio de Evaluación Ambiental, no seguir las instrucciones de la SMA, y otros aspectos menores que se exponen en la formulación de cargos.

Programa de cumplimiento

A juicio de la directora regional de la SMA, la empresa tiene plazo para presentar sus descargos o un Programa de Cumplimiento (PdC).

“Tienen 10 días hábiles, desde que son notificados, para presentar un Programa de Cumplimiento o 15 días hábiles para presentar descargos. Si presentara un PdC, la División de Sanción de la SMA debe verificar que lo presentado cumple con los requisitos mínimos para poder ser implementado. En el supuesto que fuera aprobado el PdC, el titular, en conjunto, con el servicio fijan metas y acciones en un cierto periodo de tiempo para cada una de las infracciones. El PdC busca que el titular vuelva a realizar lo que se le aprobó en la RCA, por lo tanto, una vez aprobado el programa con todas las correcciones y mejoras, vuelve a nuestra división de fiscalización y es fiscalizado por la SMA. Y los PdC van asociados a reportes, por lo que además de nuestra fiscalización, deben reportarnos las acciones de cumplimiento”, comentó Ivonne.

La directora regional del SMA enfatizó que si en el transcurso del desarrollo del PdC, se había presentado una acción relevante para el cumplimiento de este y no se cumplió, inmediatamente se notifica a la Unidad de Sanción de la SMA y se rechaza el PdC. “El PdC suspende el proceso sancionatorio en tanto se estén llevando a cabo las acciones de mejora, pero si no se cumplen, se reactiva el proceso sancionatorio”, explicó Ivonne.

Sanciones

La Ley Orgánica del SMA tipifica las infracciones dependiendo de su gravedad, clasificadas en leves, graves y gravísimas. Según lo expresado por la directora regional del servicio, la Piscicultura Chayahue tiene 4 infracciones graves. “En caso de no cumplir las acciones para estas infracciones, se podría llegar a sancionar a los titulares con clausura temporal o definitiva de las operaciones, revocación de la RCA, y una multa, por cada infracción, de hasta 5 mil UTA (Unidad Tributaria Anual), es decir, aproximadamente $ 2.800 millones. En el caso de las leves, la multa es hasta las mil UTA”, puntualizó Ivonne Mansilla.