Subpesca exigirá nuevas metodologías para infas ambientales de centros de cultivo de salmón. Foto: Archivo Salmonexpert.

Subpesca agrega dos categorías para informes ambientales de la salmonicultura

Chile: Una de ellas es la Infa post anaerobia, que tiene por objetivo demostrar que se ha restablecido la condición aeróbica del lugar de operación salmonicultora, de acuerdo con Subpesca. 

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Con fecha 1 de julio, Subpesca realizó una modificación a la Resolución Nº 3612 de 2009, sobre las metodologías para elaboración de la Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la Información Ambiental (Infas).

De esta forma, para el caso de las Infas, se agregan dos nuevas categorizaciones, como es la Infa post anaerobia, “que se refiere a aquella(s) Infa(s) que se realiza(n) en un centro de cultivo en forma posterior a la obtención de una Infa, que da cuenta de una condición anaeróbica, y que tiene por objetivo demostrar que se ha restablecido la condición aeróbica del lugar de operación”, señala el documento.

Por su parte, la Infa previa al ingreso de ejemplares o Pre Infa, se refiere a aquella Infa “que debe ser realizada en un centro de cultivo en que su última Infa dio cuenta de una condición aeróbica, no ha operado y han transcurrido cinco o más años desde la fecha de la última cosecha de ejemplares, entendiéndose por tal, la fecha en que se produzca el total despoblamiento del centro de cultivo respectivo”, detalla Subpesca en esta modificación de la Resolución.

A estos requerimientos por categoría, se deberá incorporar el archivo de datos del GPS correspondiente al track de navegación de la embarcación en la que se realizó el levantamiento de la información ambiental respectiva. “Dicho archivo deberá contener la información desde la llegada al sector de localización de la solicitud de concesión hasta la finalización de todas las actividades correspondientes a la CPS. La entrega de estos datos debe realizarse en formato gpx o gdb. Se exceptúan de la presente disposición los sectores categoría 0”, puntualiza la institución en el documento.

Oxígeno disuelto

De igual forma, se incorpora un cambio en cuanto a la medición del oxígeno disuelto: “La medición de oxigeno disuelto (0D) que se realice en un área de categoría 0 o 3, deberá llevarse a cabo en el punto medio del área solicitada, es decir, en un solo punto o estación dentro del área requerida, de conformidad a la metodología establecida en la presente resolución”.

“En este caso, para realizar las mediciones, podrá existir una variabilidad de hasta 25 metros entre la coordenada del punto de muestreo y cada una de las coordenadas de los vértices”, establece la modificación. 

“En el caso de balsas jaula (cultivo de peces), cada estación o punto de muestreo será realizado a una distancia máxima de 5 metros, medida desde la boya que demarca la red lobera o desde la red pecera en caso que no exista la primera”, se señala en el documento.

Luego, establece Subpesca, en el caso de que un centro de cultivo sea evaluado en condición anaeróbica, sólo podrá reanudar sus operaciones si se demuestra, a través de una Infa post anaerobia, que se reestablecieron las condiciones aeróbicas de las variables cuyos limites se hayan incumplido. 

Puede revisar todos los puntos de la modificación a esta Resolución aquí.