Imagen referencial de centro de salmón. Foto: Foto: Archivo Salmonexpert.

Subpesca ordena que todos los residuos acuícolas tengan trazabilidad

Chile: A través de un Decreto, la Autoridad propone clasificar desechos salmonicultores en orgánicos e inorgánicos, los que pueden ser peligrosos y no peligrosos, para tratamiento y disposición final.

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La División de Acuicultura de Subpesca informó ayer que se publicó en el Diario Oficial, el Decreto Supremo Nº 64 de 2020 del Ministerio de Economía, que aprobó el reglamento que establece condiciones sobre tratamiento y disposición final de desechos provenientes de la acuicultura.

Desde la Autoridad detallaron que “el reglamento establece, en lo principal, las condiciones sobre tratamiento y disposición final de los desechos generados en centros de cultivo, plantas de proceso, centros de acopio, centros de faenamiento y centros de investigación, y las demás instalaciones destinadas al proceso productivo de la acuicultura”.

"Para lo anterior, el reglamento propone clasificar los desechos en orgánicos e inorgánicos, los que a su vez pueden ser peligrosos y no peligrosos. Se establece, asimismo, la obligación de disponer de un sistema de trazabilidad de los principales elementos del proceso productivo que tienen la factibilidad de convertirse en residuos, el que deberá estar fabricado con un material de larga duración, resistente a la radiación UV, indeleble, inviolable y no susceptible de ser alterado, copiado ni adulterado", manifestaron desde la entidad. 

En el reglamento, Subpesca indica que las empresas acuícolas, entre las que se encuentran los productores de salmón, deberán disponer un sistema de trazabilidad de los principales elementos del proceso productivo que tienen la factibilidad de convertirse en residuos, en función del riesgo sanitario y ambiental. Una resolución de Sernapesca definirá los requisitos mínimos de operación y entrega de información. 

Asimismo, las salmonicultoras deberán elaborar un dossier con la información de los elementos trazados y cada vez que se cambie alguno de ellos, consignarlo en ese documento que tiene que estar actualizado en las instalaciones y a disposición de Sernapesca. 

“Deberán contar, además, con procedimiento de identificación individual, que permita reconocer a que instalación pertenece, estar fabricado con material de larga duración, resistente a la radiación UV e indeleble, con montaje inviolable, no susceptible a ser alterado, copiado ni adulterado”, según lo dado a conocer por la Autoridad en su reporte. 

Obligaciones de manejo

Luego, en cuanto al manejo de residuos peligrosos y no peligrosos, mortalidades, y ejemplares que han sido descartados, “en todo momento se deberá impedir que haya escurrimiento del material al medio ambiente; evitar olores molestos y proliferación de vectores con impacto sanitario; se prohíbe uso de plumavit como elemento de flotación; el almacenamiento será en un lugar definido y seguro; tiene que existir una frecuencia de retiro que nunca se sobrepase capacidad, y transporte en compartimentos estancos”, de acuerdo con la entidad. 

Considerando el manejo de alimento no consumido, apuntó Subpesca en su reglamento, junto con lo anteriormente expuesto se debe disponer de un sistema de detección o captación del mismo por cada jaula, de modo de minimizar la pérdida, y que la fracción sólida no llegue al medio ambiente. En el manejo de fouling, en tanto, los sistemas de limpieza in situ sin retención de sólidos tendrán que garantizar que no se genere un enriquecimiento orgánico del sedimento marino, 

Tomando en cuenta el manejo de lodos, desde la Autoridad afirman que las pisciculturas deberán contar con un sistema que permita separar la fracción sólida de la líquida del efluente y se prohíbe la eliminación de estos residuos hacia cualquier cuerpo de agua. 

Otra novedad importante es que las empresas acuícolas podrán conformar unidades territoriales para cumplir con la obligación de mantener limpias las playas y zonas cercanas a su operación, de manera conjunta y coordinada, lo que será definido por Sernapesca. Igualmente, deberán reportar sus emisiones, residuos y transferencias de contaminantes. 

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